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¿Cómo reclamar los daños de la DANA y qué cubre el Consorcio de Compensación de Seguros?

Raúl Arias

Miércoles 30 de octubre de 2024

ACTUALIZADO : Miércoles 30 de octubre de 2024 a las 18:14 H

5 minutos

Estos daños están incluidos en los legalmente llamados "riesgos extraordinarios"

¿Cómo reclamar los daños de la DANA y qué cubre el Consorcio de Compensación de Seguros?
Raúl Arias

Miércoles 30 de octubre de 2024

5 minutos

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El Consorcio de Compensación de Seguros (CSS) ha informado en una nota publicada este miércoles de que indemnizará los daños producidos por las inundaciones que ha provocado la DANA.

En concreto, el Consorcio indica que estos daños están incluidos en los legalmente llamados "riesgos extraordinarios", por lo que asumirá directamente con sus propios medios la gestión y el pago de solicitudes indemnización que reciba.

Requisitos

Las regiones cubiertas por el Consorcio son Valencia, Albacete, Málaga, Cuenca y Andalucía Oriental.

El requisito para acceder a la cobertura del CCS es que la persona o el bien afectado deben estar asegurados y tener su seguro en vigor en el momento en que se produjo la inundación extraordinaria. Este hecho se debe acreditar en la solicitud de indemnización al CCS.

DANA

Cómo solicitarlo

Las solicitudes pueden presentarse por el asegurado o por la empresa aseguradora o mediador en representación suya. Se puede hacer mediante una llamada al teléfono 900 222 665, facilitando los datos del asegurado y las personas o bienes con daños; o mediante la web del CSS.

El CCS ha detallado que registrará y gestionará todas las solicitudes de indemnización que reciba de los asegurados, aunque hubiera transcurrido el plazo de 7 días previsto en la legislación de seguros desde que se produjeron los daños.

Cobertura

El CSS indemnizará los daños producidos a las personas aseguradas, los daños en los bienes asegurados (viviendas, comunidades, vehículos, locales, establecimientos, industrias, etc.). Las indemnizaciones serán con arreglo a los capitales asegurados y las cláusulas del contrato de seguro de cada afectado.

El CCS indemnizará tanto los daños materiales producidos por la inundación, como los daños inmateriales que sean consecuencia de aquellos, como pueden ser la pérdida de alquileres de propietarios de inmuebles, los gastos de alojamiento derivados de la inhabitabilidad de la vivienda, o la pérdida de ingresos por la paralización de establecimientos comerciales, de servicios o industriales, todo ello en la forma que prevea el contrato de seguro del afectado.

El 74% de los hogares en España está asegurado

Unespa ha señalado que el 74% de las viviendas en España está asegurada, un porcentaje que en el caso de la provincia de Valencia, la más afectada por la DANA de este martes y miércoles, la ratio de aseguramiento sube al 77,4%.

Se trata de un dato que recoge en un documento de preguntas y respuestas que la patronal ha elaborado acerca de las coberturas que los usuarios tienen en caso de DANA o gota fría. En el mismo recuerda, además, que todos los vehículos están asegurados por el seguro obligatorio de auto a terceros.

Señala que los daños causados por la DANA sobre personas y bienes asegurados están cubiertos, ya sea por el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS), Agroseguro o las propias aseguradoras, en función de la naturaleza de la persona o bienes asegurados.

También indica que las gestiones para reclamar indemnizaciones pueden comenzar a gestionarse sin necesidad de que la zona sea declarada catastrófica, ya que las aseguradoras y el consorcio tienen el "compromiso" de atender a toda persona o bien que esté asegurado y haya quedado afectado.

"Esta atención es automática y completamente independiente al hecho de que, ante los daños generales, la Administración decida declarar un territorio como zona catastrófica y conceder algún tipo de ayuda o subvención pública", informa Unespa.

Sobre compatibilidad entre ayudas públicas e indemnizaciones, la patronal señala que ambas son compatibles "sin que en ningún caso el importe total de todos los pagos pueda superar el valor del daño producido". Resalta, de forma específica, que el Plan de Seguros Agrarios especifica que todo lo que es susceptible de ser asegurado no es objeto de ayudas públicas.

Además, la patronal del seguro recuerda a los posibles afectados por la DANA que las indemnizaciones y las ayudas públicas están exentas de impuestos.

Por último, entre otras cuestiones, informa de que el consorcio y las aseguradoras de viviendas, locales y comunidad de propietarios indemnizarán los daños producidos, pero los importes desembolsados no podrán superar en ningún caso el valor del bien destruido o del límite estipulado en el contrato, esto es, del capital asegurado.

Sobre el autor:

Raúl Arias

Raúl Arias

Raúl Arias es periodista especializado en Política, Economía y Sociedad. Licenciado en la Universidad Complutense de Madrid, ha trabajado en diferentes medios de tirada nacional, siempre pegado a la actualidad.

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