Miles de jubilados, antiguos mutualistas que cotizaron de más y a los que la justicia ha dado la razón, siguen en shock casi un mes y medio después de que la Agencia Tributaria, por sorpresa, cambiara las reglas del juego a mitad de partido para dejar sin efecto las solicitudes que ya habían realizado, en tiempo y forma, y que estaba pendientes de resolución, al tiempo que dilata las devoluciones a lo largo de varios años.
Entre las cartas y llamadas que estamos recibiendo en 65YMÁS, llenas de sentimientos de rabia, indignación e impotencia, hay una constante que se repite. Casi todos los afectados coinciden en que ‘hay que hacer algo’, pero muestran muchas dudas y desorientación: ¿donde nos podemos quejar? ¿A dónde dirigirnos? ¿Qué podemos hacer?
Hemos recogido los principales lugares donde dirigir las quejas y reclamaciones, con un detallado paso a paso.
Defensor del contribuyente
Ante una deficiencia, desatención, retraso o incidencias relacionadas con los tributos, los ciudadanos contamos con el Defensor del Contribuyente, para el amparo y promoción de los derechos y garantías de los ciudadanos.
Los jubilados, antiguos mutualistas a los que el Tribunal Supremo ha reconocido el derecho a recuperar parte del dinero (el de los ejercicios que no han prescrito), pero que se han quedado sin recibirlo, después de cumplir en tiempo y forma el procedimiento que la propia Administración estableció, han visto como sus derechos son vulnerados, se sienten indefensos, con una gran inseguridad jurídica y desagraviados respecto a quienes, en sus mismas circunstancias, sí que han cobrado.
Sin duda, su caso es de la competencia del Defensor del Contribuyente. Tal y como explica la propia web de la Agencia Tributaria, el objeto de la figura del Defensor del Contribuyente es la “presentación de quejas que se produzcan por la aplicación del sistema tributario que realizan los órganos del Estado o de sugerencias para mejorar la calidad de los servicios, incrementar el rendimiento o el ahorro del gasto público, simplificar trámites administrativos o aumentar el grado de satisfacción de la sociedad en sus relaciones con la Administración tributaria”.
Pinchando en este link: QUEJA, se puede iniciar el procedimiento para tramitar una queja ante el Consejo para la Defensa del Contribuyente de forma telemática.
Además de la presentación telemática, las quejas también se pueden presentar en:
Unidades receptoras en las oficinas con competencias tributarias abiertas al público dependientes de la Secretaría de Estado de Hacienda.
Las quejas requieren identificación, mientras que las sugerencias pueden ser anónimas. Una vez presentadas, el plazo de resolución es de 15 días naturales. El contribuyente puede formular disconformidad con la contestación, y esa disconformidad será contestada por la Presidencia del Consejo para la Defensa del Contribuyente.
Quejas directas al Ministerio de Hacienda
También se puede presentar y consultar quejas y sugerencias ante el Ministerio de Hacienda y la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, en este ENLACE.
Ahora bien, en esta vía telemática, el Ministerio de Hacienda solo permite presentar quejas con certificado electrónico o con Cl@ve.
Las quejas también se pueden presentar:
En las oficinas de registro, por correo electrónico firmando electrónicamente la solicitud y por la aplicación informática accesible desde Internet en ESTA DIRECCIÓN WEB
En cualquier oficina que tenga Libro de Quejas o Sugerencias
En cualquier Registro público
En caso de no disponer de certificado eletrónico o Cl@ve, el Ministerio de Hacienda dispone de un correo electrónico para atender “consultas generales sobre el Ministerio: servicio sobre información administrativa del Ministerio de Hacienda”. Así, además de cursar la queja correspondiente ante el Defensor del Contribuyente, quizá esta vía puede ser adecuada para que los afectados por una decisión de Hacienda que consideran a todas luces injusta y arbitraria, pidan una explicación sobre el motivo del cambio.
Hacienda admite recibir propuestas de los ciudadanos
Independientemente de que iniciemos las dos vías anteriores, es decir, de que pongamos una queja ante el Defensor del Contribuyente y otra ante el mismo Ministerio de Hacienda, el departamento que dirige María Jesús Montero tiene habilitada una vía para recibir las sugerencias y propuestas por parte de los ciudadanos para mejorar su gestión y transparencia.
“Este Ministerio, siguiendo el objetivo de mejora de la gestión y de la transparencia en el funcionamiento de sus servicios, le invita a presentar a través de este formulario sus opiniones y propuestas relacionadas con los mismos. Sin que éstas tengan carácter de queja o sugerencia, cuya presentación formal requiere certificado digital”, dice el Ministerio de Hacienda en su web.
Se trata de un formulario web, que exige identificación y que permite adjuntar documentación.
Defensor del Pueblo
Otra vía de la que disponen los afectados es recurrir al Defensor del Pueblo. Es el Alto Comisionado de las Cortes Generales encargado de defender los derechos fundamentales y las libertades públicas de los ciudadanos mediante la a supervisión de la actividad de las administraciones públicas españolas.
“Cualquier persona, colectivo, organización o entidad puede poner una queja. Dirigirse al Defensor del Pueblo es gratuito. No se necesita ni abogado ni procurador”, señala.
“Si crees que una administración pública española ha vulnerado alguno de tus derechos”, dice la propia web del Defensor, para explicar en qué casos puede ayudar a los ciudadanos. Precisamente el caso del gran número de jubilados, antiguos mutualistas, que han visto socavado un sus derechos por parte de la Agencia Tributaria.
Los ciudadanos podemos pedirle al Defensor del Pueblo que interponga un recurso de inconstitucionalidad o de amparo ante el Tribunal Constitucional, ya que es uno de los sujetos competentes reconocidos en la Constitución española para presentar estos recursos. Una vez la institución reciba la queja, se abrirá un expediente que será tramitado. Si se trata de una presunta irregularidad en una Administración Pública, el propio Defensor del Pueblo intervendrá en ella para recopilar información y ofrecer una solución.
Ángel Gabilondo, Defensor del Pueblo
“Puedes presentar tu queja por Internet, por correo postal, por fax o personalmente en nuestro servicio de atención al ciudadano. Explícanos el motivo. Además puedes incluir documentación adicional que tengas sobre el asunto”, detallan desde el organismo. Estas son las vías:
Queja telemática
En la pagina web del Defensor del Pueblo existe un formulario online para la presentación de quejas. Hay que rellenar el motivo por el que solicita la ayuda del Defensor en un máximo de 4.000 caracteres (unas dos páginas de texto). Además se puede adjuntar documentación. El propio formulario nos irá señalando los pasos a seguir, como identificarse con los datos personales y añadir los datos de contacto, donde el Defensor se pondrá en contacto con nosotros para comunicar los cambios en el proceso de la queja.
Correo electrónico
Por otro lado, también se puede descargar el formulario en formato pdf, rellenarlo, y reenviarlo a la siguiente dirección de correo electrónico: registro@defensordelpueblo.es
Queja por correo postal
A través del correo ordinario, también se puede iniciar el proceso para poner una queja formal ante el Defensor del Pueblo. Habrá que dirigir el escrito (la queja junto con toda la documentación que sea pertinente) a: Defensor del Pueblo. Calle Zurbano, 42. 28010, Madrid.
Queja por fax
El fax es otra de las vías de contacto con la oficina del Defensor, válida para iniciar un expediente. La misma documentación señalada en el punto anterior, se debe enviar al número de fax 91 308 11 58
A través del teléfono
El teléfono gratuito (desde España) 900 101 025 también permite poner una queja ante el defensor del pueblo. En el caso de llamar desde el extranjero, el número sería: 91 432 62 91.
El horario de atención telefónica es de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas y, por las tardes, de lunes a jueves, de 16:00 a 18:00 horas, salvo en caso de víspera de festivo.
Queja presencial
También se puede acudir presencialmente a las oficinas del Defensor del Pueblo, donde atienden a todos los ciudadanos. Se encuentran en la calle Zurbano, número 42 de Madrid.
No es necesario pedir cita previa para acudir a la sede a presentar una queja o solicitar ayuda del Defensor del Pueblo. Tan solo tener en cuenta los horarios de atención presencial: De lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas.
Asociaciones de mayores
Las asociaciones de mayores están siguiendo el cambio de procedimiento en la devolución del IRPF a las personas mutualistas jubiladas con "profunda preocupación".
Al margen de que los afactados puedan iniciar una o varias vías de queja de las descritas con anterioridad, Desde la Unión Democrática de Pensionistas y Jubilados de España (UDP), como entidad miembro de la Plataforma de Mayores y Pensionistas (PMP), animan a todas las personas afectadas y al conjunto de la ciudadanía a participar en la encuesta sobre cargas administrativas que afectan a las personas mayores. "A través del siguiente enlace, puedes expresar tu opinión para ayudar a UDP a trasladar a la Administración Pública el impacto real que supone el cambio de procedimiento de devolución del IRPF a las personas mutualistas jubiladas".
UDP considera fundamental que todas aquellas personas afectadas o que perciban como una carga administrativa el cambio de procedimiento en la devolución del IRPF a las personas mutualistas jubiladas, participen en la encuesta. "De esta manera, las entidades que conforman la PMP centralizarán las demandas y las harán llegar a la Administración de manera más efectiva".
El cuestionario es anómino y la información recogida será tratada de forma anónima, cumpliendo el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de datos.
Para firmar, hay que pinchar AQUÍ. Después, a la derecha de la pantalla, donde dice firma esta petición, hay que rellenar los campos de nombre, apellidos, correo electrónico. Hay que poner también la ciudad, pais y código postal, así como señalar si se desea saber como evoluciona la petición o no. Y ya, firmar la petición. Eso sí, después hay que ir al correo electrónico para confirmar la firma, de lo contrario no será válida.
María Isabel es una lectora de 65YMÁS que, como tantos otros, ha escrito una carta a la directora contándonos el caso de su padre, afectado por al arbitraria decisión de Hacienda de suspender la devolución del IRPF pagado de más. Con 87 años, cáncer de próstata y Alzheimer, la Agencia Tributaria pide al padre de María Isabel que espere hasta 2029 para recuperar su dinero. Ella ha dado un paso más allá para iniciar esta campaña de recogida de firmas. “Hablo en nombre de mi padre porque con sus patologías no se puede defender, pero yo le daré voz y parte”, nos cuenta.
65YMÁS
El diario de referencia en el segmento sénior, 65YMÁS, sigue recogiendo a diario cartas a la directora por parte de mutualistas afectados por la decicisión de Hacienda. Se han quedado sin cobrar su dinero en 2024, tal y como estaba previsto, y ahora deben realizar una nueva solicitud cada año, durante los cuatro siguientes.
En 65YMÁS estamos siguiendo el asunto con la máxima atención, hemos trasladado al departamento que dirige María Jesús Montero las inquietudes de los afectados que hemos recibido y hemos pedido respuestas y explicaciones. Este diario se mantiene abierto para que todos los afectados puedan alzar su voz, a través de las Cartas a la Directora, que además estámos recopilando para llevar el caso a diferentes instituciones.
Sobre el autor:
Beatriz Torija
Beatriz Torija es periodista y documentalista, especializada en información económica. Lleva 20 años contando la actualidad de la economía y los mercados financieros a través de la radio, la televisión y la prensa escrita. Además, cocina y fotografía.