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Primer tribunal que rechaza medidas post 9 de mayo: el de Euskadi tumba el cierre y toque de queda

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Foto: Europa Press

Viernes 7 de mayo de 2021

ACTUALIZADO : Viernes 7 de mayo de 2021 a las 16:21 H

3 minutos

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha rechazado la propuesta del Gobierno Vasco

Primer tribunal que rechaza medidas post 9 de mayo: el de Euskadi tumba el cierre y toque de queda
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Viernes 7 de mayo de 2021

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Primer encontrazo entre comunidades y justicia por la nueva realidad tras el estado de alarma. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha tumbado la propuesta del Gobierno Vasco de mantener los cierres perimetrales de la comunidad, el toque de queda y el límite de máximo de personas que se pueden reunir en Euskadi a partir del domingo tras el decaimiento del estado de alarma. La comunidad se convierte así en la primera en tener que readaptar sus planes post 9 de mayo.

"Nuestro actual ordenamiento jurídico no permite que las Comunidades Autónomas puedan acordar, fuera del estado de alarma, medidas restrictivas de derechos fundamentales con carácter general no individualizado", señala el fallo de la Sala Contencioso-Administrativo hecho público este viernes y que han recogido varios medios vascos.

lehendakari inigo urkullu

Los argumentos de los jueces

La sala acuerda "no autorizar las medidas previstas en los puntos 1 y 2 del art. 4 del Decreto XX/2021 del Lehendakari sobre medidas de prevención para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS- COV-2", sentencia, echando por tierra los planes que proponía la comunidad. 

El propio lehendakari ya avanzó que acatará los límites que le marque la Justicia aunque el decreto definitivo que firmará Urkullu se conocerá a media tarde después de la reunión del Comité Asesor del LABI que tomará la decisión sobre las restricciones que se aplicarán a partir de pasado mañana. Serán medidas "racionales y razonadas", aseguró el lehendakari.

Sí podrá limitar aforos de hostelería y botellones

Aunque las restricciones más duras no se podrán aplicar, el tribunal vasco si ha avalado que el Gobierno vasco imponga límites por ejemplo en los aforos en la hostelería o en la práctica deportiva, ya que no afectar a los derechos fundamentales. "En primer lugar, que la no autorización no implica que no sea posible, como se ha hecho, fijar límites en el desarrollo de actividades, como la hostelería o el deporte que, por sí, no afectan a derechos fundamentales", recoge la sentencia judicial. 

Solo ven una pequeña excepción para limitar el número de personas que se pueden reunir, para evitar botellones. "En segundo lugar, que la agrupación de personas ha de tener un fin lícito sin que quepa desarrollar actividades prohibidas por normativa sectorial, como los botellones" y añade que también en el caso que no se cumplan "las exigencias establecidas en las normas sanitarias tales como uso de mascarillas o distanciamiento social". 

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