Alimentación

¿El turrón caduca? ¿Se puede comer el del año pasado?

Alba L. Marín

Foto: Bigstock

Sábado 28 de diciembre de 2024

4 minutos

La clave está en la diferencia entre fecha de caducidad y fecha de consumo preferente

¿El turrón caduca? ¿Se puede comer el del año pasado?
Alba L. Marín

Foto: Bigstock

Sábado 28 de diciembre de 2024

4 minutos

Las fechas navideñas implican un número grande de compras, desde los regalos hasta los alimentos para las comidas y cenas de todo este periodo. Los productos más señalados suelen ser los dulces, seña de identidad de la Navidad. Así, solemos hacer compras abundantes de turrón, polvorones, mazapanes, bombones, tortas... Tanto es así que hasta más de un tercio de los españoles reconoce que compra más comida de la que consume. Por ello, es importante conocer si productos como el turrón caducan o se pueden aprovechar para el año siguiente si sobra algo.

Surtido de dulces navideños. Fuente: Bigstock
Surtido de dulces navideños. Fuente: Bigstock

 

La Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN) explica que la clave para poder consumir los alimentos está en la diferencia entre la fecha de caducidad y la fecha de consumo preferente. 

Quizá la más habitual es la primera de ellas, conocida por marcar el límite de ingesta segura de un producto. Esto quiere decir que si un alimento ha sobrepasado la fecha de caducidad, no se debe consumir. Esta fecha suele indicarse en alimentos muy perecederos como carne o pescado frescos. 

Por otra parte, la fecha de consumo preferente indica el momento hasta el que el alimento conserva la calidad prevista. Este matiz distinto con respecto a la caducidad permite el consumo del producto una vez vencida la fecha, siempre y cuando el envase no esté dañado y se respeten las instrucciones de conservación. Lo único que sucede es que el alimento puede ir perdiendo textura o sabor a medida que pasa el tiempo. Esta fecha aparece en gran variedad de alimentos refrigerados, congelados, enlatados, desecados y otros alimentos. Ejemplo de ello son la pasta, el arroz, aceite vegetal o chocolate, entre otros.

En el caso del turrón, se trata de un alimento no perecedero y que no tiene fecha de caducidad. Esto implica que si sobra algo de este alimento se puede guardar, siguiendo las instrucciones de conservación, para comerlo al año siguiente. No obstante, no es una práctica recomendada por los expertos porque justo suelen tener una fecha preferente de consumo de un año desde su salida al mercado. Transcurrido este tiempo, por ejemplo, en turrones blandos, hay altas probabilidades de que aparezca moho.

 Turrón de Jijona. Fuente: Bigstock
 Turrón de Jijona. Fuente: Bigstock

 

Por último, hay que conocer también que hay algunos alimentos que no disponen de ninguna de las fechas anteriores. Estos son productos como las frutas y hortalizas frescas sin procesar, algunas bebidas alcohólicas, alimentos de consumo inmediato como el pan o bollería, sal de cocina, azúcar, vinagres o chucherías y chicles. 

Vídeo explicativo sobre la diferencia entre fecha de caducidad y fecha de consumo preferente. Fuente: AESAN

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Alba L. Marín

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