Mariola Báez
Cómo
Cómo domiciliar tus recibos para no tener que pagarlos en ventanilla
Es un método sencillo de gestión de pagos, pero ¿qué ocurre si quieres devolver uno?
Tener los recibos domiciliados para que los cargos lleguen directamente a tu cuenta bancaria es ya una práctica común. Aunque todavía hay un segmento de la población que sigue prefiriendo ir a la sucursal y abonar religiosamente los pagos previstos en persona, este es un sistema en desuso porque implica desplazamientos, pérdida de tiempo y tener que ceñirte a un horario, cada vez más limitado, en el que la oficina bancaria dedica parte de su personal al cobro o cargo en cuenta de los recibos. No domiciliarlos obliga a estar pendientes de los plazos destinados a su abono, con el riesgo de recargos que implica el hacerlo fuera de las fechas indicadas.
¿Qué es la normativa SEPA?
Desde el año 2014, la domiciliación bancaria de recibos se rige por la normativa que regula la Zona Única de Pagos en Euros (Single Euro Payments Area SEPA) que permite, tanto a ciudadanos particulares como a empresas, realizar o recibir pagos en euros en todo el Espacio Económico Europeo en condiciones similares, independientemente del país en el que se realice la gestión.
De esta manera, queda establecido un marco común para que el trámite de emitir o domiciliar un recibo se realice de manera parecida en el espacio Comunitario, haciendo que los requisitos y el funcionamiento de los pagos y los cobros resulte sencillo.
Los suministros de agua, luz y gas, los pagos fraccionados que se originen por compras determinadas, la cuota que tengas que pagar mensualmente por cualquier servicio o los impuestos municipales, como el IBI o el de vehículos, son algunos ejemplos de ello. Son muchos los recibos de los que hay que estar pendientes, por eso domiciliarlos es tan cómodo ya que puedes hacerlo incluso por internet con la banca online.
Lo que debes tener en cuenta al domiciliar tus recibos
Ni siquiera tienes que acudir al banco en persona para domiciliar un pago previsto, que llegará a tu cuenta bien en una fecha puntual o bien de forma periódica. Cuando haces una compra a plazos o contratas un servicio que va a generar la emisión de recibos, tu acreedor de facilitará un documento, donde deben figurar tus datos personales y los de tu cuenta bancaria. Una vez firmado por ti, ese documento supone tu autorización para cagar ese pago en tu cuenta. Es lo que ahora se denomina Adeudo Directo SEPA que, en realidad, es lo que conocemos de siempre como la orden de domiciliación.
Generalmente, la autorización de adeudo en cuenta se firma en el momento de contratar, por ejemplo, un suministro. También es común que a la hora de abonar los tributos municipales, el propio ayuntamiento te ofrezca la posibilidad de optar por la domiciliación del próximo pago, simplemente rellenando el documento correspondiente.
Las entidades bancarias ofrecen en sus oficinas electrónicas la posibilidad de rellenar de manera sencilla esa orden de pago y, en el momento que la firmes, comiencen a llegar los recibos que te interesa tener en cuenta.
El requisito básico para domiciliar un recibo es que seas el titular de la cuenta y que facilites no solo el número sino los códigos IBAN y BIC, incluidos en los 20 dígitos que debe tener el número que facilites. Lógicamente, para que tus recibos sean convenientemente abonados, tendrás que tener fondos suficientes.
¿Qué ocurre si quiero devolver un recibo o dar de baja una domiciliación?
El Banco de España (@BancoDeEspana) explica que pueden ocurrir dos supuestos:
- Llega a tu cuenta un recibo que tú no has autorizado (carece del Adeudo Directo SEPA)
- Lo domiciliación es correcta, pero no estás de acuerdo con el importe.
Si detectas un cargo que te parece erróneo, extraño o quizás abusivo, tienes ocho semanas para devolverlo aunque hayas firmado la necesaria autorización (Real Decreto-Ley 19/2018). En diez días hábiles, la entidad bancaria debe devolverte el dinero o explicarte porqué te deniega esa devolución.
Si los cargos en tu cuenta se hubiesen hecho sin existir orden firmada, puedes pedir el reintegro de todos los recibos abonados indebidamente en un plazo no superior a trece meses, aunque siempre conviene hacerlo lo antes posible.
Un recibo domiciliado puede no ser atendido por distintas causas, entre ellas, la falta de saldo, una cuenta bloqueada, operaciones duplicadas, datos incorrectos o falta del IBAN. También debes saber que siempre conviene comunicar a la entidad la baja de una domiciliación, directamente en la sucursal, rellenando el correspondiente impreso, o vía internet.
Si es tu decisión, hazlo así y no por teléfono para que quede constancia de la retirada de autorización de pagos de recibos futuros. Además, puedes dar la orden expresa de “Rechazo”. Es algo que puede ser necesario en esos casos en los que notificas a una compañía que prescindes de sus servicios y solicitas que dejen de emitir recibos, pero la baja se resiste y estos siguen llegando a tu cuenta. Para evitar estas situaciones, además de darte de baja de donde quieras, recuerda comunicar al banco que desautorizas el cargo de nuevos adeudos.