La mayoría de los ciudadanos están familiarizados con el copago farmacéutico, pero, ¿sabías que existe un sistema similar para la compra de productos de ortopedia? Es lo que se conoce como prestación ortoprotésica, que supone que puedes optar a estos productos financiados con tu receta médica, reduciendo su coste hasta ser en algunos casos gratuito. Esto incluye desde muletas, sillas de ruedas o muñequeras hasta cojines y colchones antiescaras.
El problema radica en que dependiendo de la comunidad autónoma el proceso para adquirirlos será muy sencillo o extremadamente complicado, según alerta la asociación de Consumidores y Usuarios (@consumidores), por lo que ha decidido publicar una guía en la que explica los conceptos básicos a tener en cuenta.
El catálogo del SNS decide lo que se financia
En España existe un catálogo común a todo el Sistema Nacional de Salud con las categorías de productos que se financian y en él se establecen los dos importes esenciales en la financiación:
El importe máximo de financiación para cada categoría, es decir, el tope hasta el cual la Administración pagará por el producto,
El copago, que es la aportación que debe hacer el usuario. Gran parte de los productos del catálogo están exentos de copago, el paciente no tiene que pagar nada, y en aquellos que sí lo requieren, en la mayoría suele ser una cantidad fija de 12 o de 30 euros (36 euros en calzado ortopédico).
Hay cuatro grandes grupos de productos de dispensación financiada en ortopedias:
Fuente: OCU
Prótesis externas:
Sustituyen total o parcialmente a un órgano o estructura corporal o su función.
Están exentas de copago.
Sillas de ruedas:
Permiten el traslado de una persona que haya perdido de forma permanente la capacidad de andar.
Están exentas de copago.
Órtesis:
Modifican la estructura o función del sistema neuromuscular o del esqueleto.
Por ejemplo, muñequeras, rodilleras, tobilleras, collarines, fajas, corsés, etc.
Copago: 12 o 30 euros
Ortoprótesis especiales:
Modifican o sustituyen una función corporal o facilitan la deambulación en casos de movilidad reducida.
Por ejemplo, muletas, andadores, cojines para las úlceras de presión, etc.
Copago: 12 o 30 euros
Productos ortoprotésicos que NO se financian:
Las que tienen fines deportivos o estéticos sin indicación clínica.
Cualquier prótesis que se compre por internet.
Con receta médica de especialista y más o menos obstáculos según el lugar
Para adquirir un producto del catálogo con financiación, se necesita una receta médica del especialista de la sanidad públicaque trata el problema médico. No vale una receta del médico de atención primaria ni de un especialista cualquiera. El siguiente paso es acudir a la ortopedia. Pero según advierte la OCU, según la comunidad autónoma donde el paciente resida, la compra será sencilla o le supondrá cierta complejidad.
En algunas comunidades, el usuario no tiene más que entregar la receta, abonar los 12 o 30 euros de copago que correspondan (si no está exento), y listo. Puede elegir la ortopedia dentro de una lista de establecimientos adheridos que facturan el importe del producto directamente a la Administración.
Sien embargo, en otras el paciente va a la ortopedia con la receta, paga el 100 % del importe del producto y luego, para recuperarlo, debe dirigirse a la Administración de su comunidad, ya sea de forma presencial o por medios electrónicos, con toda la documentación (solicitud, receta, factura, justificante bancario con el número de cuenta) y reclamar la devolución del dinero.
Este sistema, según la OCU es más molesto y lioso para el usuario, pues le obliga a pasar por trámites engorrosos con la Administración y, además, tiene que hacer un desembolso temporal de dinero a veces muy elevado: pensemos, por ejemplo, en los 3.000 euros que puede llegar a costar una silla eléctrica.
La vía alternativa: el sistema "endoso"
Tal como explica la asociación de consumidores, existe una vía alternativa, conocida como "sistema de endoso", que evita tener que pagar por adelantado. Pero el proceso es igual o más complicado, ya que el usuario debe encontrar una ortopedia que acepte recibir el pago por endoso y, después, gestionar todo el trámite con la Administración.
En Madrid, por ejemplo, hay que entregar una solicitud de cesión de pago por endoso firmado por la ortopedia y una factura proforma. Aprobada la solicitud, se debe luego presentar: factura original, receta del especialista y recibí del producto dispensado. Cuando el importe del producto es inferior a 180 euros, también se pide un informe del trabajador social. Y por fin, si todo es correcto, la Administración procede a pagar directamente al centro ortopédico dispensador.
La OCU exige un sistema de pago directo a la ortopedia en todas las comunidades
Según la OCU, para el paciente, la diferencia entre un sistema y otro es "abismal". El sistema de prestación ortoprotésica por reembolso dificulta el derecho de los ciudadanos al acceso a la prestación ortoprotésica.
Por ello, piden a las Administraciones autonómicas donde lo tengan implantado que lo sustituyan por el sistema de pago directo a la ortopedia, mucho más sencillo y económicamente más llevadero para el consumidor.
Sobre el autor:
Marta Jurado
Marta Jurado es periodista especializada en Sociedad, Economía, Cultura, Política y redactora en el diario digital 65Ymás desde sus inicios. Licenciada en Periodismo por la Universidad Carlos III y en Filología Inglesa por la UNED, ha trabajado en medios de tirada nacional como El Mundo y Público y las revistas Cambio16 y Energía16. Tiene además experiencia en comunicación corporativa de empresas e instituciones como BBVA o INJUVE.