El verano es el tiempo de las barbacoas. Piscina, días largos, buen tiempo, reuniones de amigos, y el maestro parrillero pegado a las ascuas y sacando verduras y carnes a la brasa para todos.
Ahora bien, conviene saber exactamente dónde se puede y dónde está prohibido organizar una barbacoa. En el monte y zonas forestales está estrictamente prohibido hacer fuego y, por tanto, encender una barbacoa. Pero, ¿y en las zonas recreativas? ¿y en el jardín de casa? ¿y en una terraza? Te lo contamos
El fuego, prohibido en verano
En verano, está estrictamente prohibido hacer fuego ni encender una barbacoa en zonas recreativas de montes o terrenos forestales, en todo el país. En esta época el riesgo de incendio para nuestros bosques y montes es máximo por el aumento de las temperaturas y la disminución de la humedad relativa del aire.
Por eso, en suelo forestal, como el monte, queda prohibido hacer barbacoas. Esta prohibición se extiende incluso a zonas recreativas en las que es posible hacer barbacoas en otras épocas del año.
Aviso previo para hacer barbacoas
En el caso de que la barbacoa se realice en suelo urbano, por ejemplo, en el jardín de una vivienda particular, se debe consultar y respetar la normativa municipal que regule esta actividad en relación con la petición de permisos y el cumplimiento de medidas preventivas. Por ejemplo, en Madrid, una comunidad en la que el riesgo de incendio es extremo en verano, si el fuego se va a producir a menos de 50 metros de un terreno forestal, aunque sea en tu casa, se debe informar con un día de antelación a la Dirección General de Emergencias, a través del correo electrónico usofuego@madrid.org o a través del teléfono 91 580 18 49 o en el número gratuito 900 72 03 00.
El motivo de este aviso es evitar falsa alarmas de incendio que puedan detraer recursos humanos y materiales antiincendios de otras zonas del medio natural, según explica la propia Comunidad de Madrid.
Los vecinos
En casa, ya sea en el jardín o en la terraza, no hay ninguna ley que prohíba expresamente hacer barbacoas, tampoco las normativas municipales lo impiden. No existe ninguna normativa específica que regule la utilización de barbacoas en una propiedad.
Ahora bien, si vives en una comunidad de vecinos, tendrás que revisar los estatutos de tu comunidad, por si dicen algo al respecto. Si esos estatutos las prohíben expresamente, entonces no hay nada que hacer, no podrás hacer barbacoa. Pero si tu comunidad no dice nada al respecto, podrás organizar una barbacoa en casa sin ningún problema. Ahora bien, hazlo con sentido común, para evitar molestias a los vecinos, que podrían darte algún problema futuro. Coloca la barbacoa en el lugar donde menos pueda molestar y evita hacer mucho humo.
Ten en cuenta que el artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal establece que “al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas”.
Un vecino molesto con tus barbacoas, podría iniciar los trámites legales para acabar prohibiendo esta actividad en la comunidad de vecinos, modificando los estatutos. Es cierto que no es una tarea sencilla, puesto que no se puede prohibir fácilmente el uso de barbacoas cuando su uso no es continuo ni excesivo. Pero siempre es mejor ser prudente y cuidadoso, para no molestar a los vecinos, y así evitar problemas.
Sobre el autor:
Beatriz Torija
Beatriz Torija es periodista y documentalista, especializada en información económica. Lleva 20 años contando la actualidad de la economía y los mercados financieros a través de la radio, la televisión y la prensa escrita. Además, cocina y fotografía.