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¿Qué medidas puedes tomar contra un casero que no hace contrato o lo incumple?

Marco Herrera

Martes 2 de abril de 2019

3 minutos

Los contratos verbales tienen la misma validez que los escritos, pero es necesario tomar medidas

Medidas que puedes tomar contra un casero que no te hace contrato o lo incumple.
Marco Herrera

Martes 2 de abril de 2019

3 minutos

El supuesto de un arrendador que inclumple un contrato o ni siquiera tiene intención de llevarlo a cabo para formalizar un vínculo legal con su inquilino es una figura contemplada en Derecho, la cual tiene distintas vías de recurso por parte tanto del afectado como de la administración pública.

Si el casero no quiere hacer contrato

Para prevenir futuros problemas entre arrendatario y arrendador, el contrato firmado por ambas partes es un elemento crucial. Por desgracia, algunos propietarios hoy en día se niegan a hacer un contrato de alquiler escrito o elevan el precio de este si lo presentan y firman. Pero desde Legálitas (@legalitas) afirman que un arrendatario sin contrato escrito no significa un inquilino sin derechos. La Ley de Arrendamientos Urbanos de nuestro país no exige que los contratos deban hacerse por escrito, aunque de esta forma se puedan solucionar de forma más rápida futuras desavenencias. Esta Ley da total validez a los contratos adquiridos de forma verbal, sin que por ello el inquilino pierda derechos.

Eso sí, desde Legálitas advierten de que si eres arrendatario sin contrato por escrito, es conveniente que lleves a cabo una serie de acciones para protegerte ante posibles conflictos con tu casero. Por ejemplo, exigir un recibo de pago siempre que se efectúa este. Otra forma es que si lo haces mediante transferencia bancaria, siempre se pague la misma cantidad, lo que facilitará la defensa del inquilino en el supuesto de que el arrendador inclumpla algún punto.

Si el casero incumple el contrato

Otro caso que tampoco es extraño es el de caseros que incumplen contratos de alquiler. Aquí las medidas a tomar varían dependiendo del punto que incumplan. Desde el Estudio Jurídico IURIS (@iurisbilbao) aconsejan que el inquilino, antes de entrar, inspeccione bien la vivienda para reclamar posibles defectos, ya que el propietario está en la obligación de garantizar las condiciones de habitabilidad de la misma.

Esta fuente asegura que el arrendador está en la obligación de reparar posibles defectos de la vivienda, pero que en ningún caso el inquilino debe arreglarlos por su cuenta y luego restar ese importe del pago mensual si esto no ha sido acordado con el propietario de la vivienda. En tal caso, insisten, si el inquilino tiene una necesidad imperiosa de repararlo, deberá reclamar un reembolso del importe acreditando factura, nunca restar la cantidad de la mensualidad.

Desde este bufete de abogados de Bilbao se insiste qque ante conflictos entre casero e inquilino, se intente siempre alcanzar un acuerdo pero en caso de que sea imposible, cualquier acción que se vaya a llevar a cabo sea siempre consultada con especialistas jurídicos con anterioridad. El caso de incumplimiento más habitual por parte del arrendador suele ser el de desahucio con anterioridad a la fecha establecida, la cual tanto en contrato de alquiler por escrito o verbal es de avisar con 30 días de anterioridad.

 

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Marco Herrera

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