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¿En qué consiste un Programa de Acogimiento Familiar para personas mayores?

Mariola Báez

Foto: Bigstock

Lunes 11 de noviembre de 2019

ACTUALIZADO : Lunes 11 de noviembre de 2019 a las 0:38 H

6 minutos

La iniciativa incluye ayudas económicas que faciliten el acogimiento aunque no exista parentesco

Programa de Acogimiento familiar
Mariola Báez

Foto: Bigstock

Lunes 11 de noviembre de 2019

6 minutos

El Programa de Acogimiento Familiar puesto en marcha por distintas comunidades autónomas tiene como objetivo la integración de una persona mayor de 65 años en un entorno familiar, en el que reciba la atención que necesita y en el que, además, todos los miembros de esa unidad familiar disfruten de la experiencia de compartir el día a día.

Hay que tener en cuenta que según los últimos datos de la Encuesta Continua de Hogares que realiza el Instituto Nacional de Estadística (@es_INE) más de dos millones de adultos mayores de 65 años viven solos. En muchos casos, la soledad es decisión propia, pero en otros no. El Programa es una alternativa más, a la que pueden optar aquellas personas que lo deseen y que reúnan una serie de requisitos específicos.

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¿Cómo funciona el Programa?

El acogimiento familiar está pensado para aquellos casos en los resulta muy complejo que una persona, por su avanzada edad o por presentar necesidades concretas, continúe viviendo sola. La atención domiciliaria o la teleasistencia son excelentes ayudas con las que un adulto mayor puede mantener su independencia en su propio domicilio pero, a veces, este tipo de atención puede no ser suficiente. Dificultades para realizar las actividades cotidianas (aseo, alimentación), dificultades de movilidad y riesgo de caídas, inadecuado seguimiento en las pautas de medicación, problemas psicológicos derivados de la soledad no deseada... son algunas de las situaciones que el acogimiento familiar puede ayudar a resolver.

En estos casos, el Programa puede ser una buena opción para evitar o retrasar el ingreso en un centro residencial. Esta posibilidad que ofrecen algunas Comunidades, incluye una ayuda económica, que se concede a la persona mayor beneficiaria para que pueda contribuir a los gastos generados en el hogar de acogida.

En el caso de la Comunidad de Madrid (@ComunidadMadrid), actualmente esta ayuda tiene un importe máximo mensual de 753 euros (su cuantía final quedará determinada por la diferencia entre esa cantidad y el 70% de los ingresos brutos mensuales del beneficiario).

El funcionamiento es similar en otras comunidades, aunque existen pequeñas diferencias. Por ejemplo, en Galicia, la Consellería de Política Social (@Xunta) establece cuantías económicas diferentes si el acogimiento se realiza en la propia casa del beneficiario o en la vivienda de la familia de acogida y también si se trata de personas mayores dependientes o con autonomía para realizar las actividades habituales.

Es importante dejar claro que el Programa se basa en el acogimiento por parte de una unidad familiar con la que no se tiene parentesco o que este no supera el tercer grado (tío – sobrino). Estas ayudas no tienen nada que ver con las que puede recibir una familia que se encargue de la atención de un familiar directo como puede ser un padre o un abuelo.

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Requisitos para acceder al acogimiento familiar

La familia que acoge a la persona mayor se compromete a atenderla en aquello que necesite. Por supuesto, el domicilio deberá contar con las condiciones adecuadas para una buena convivencia, teniendo en cuenta posibles necesidades concretas: ausencia de barreras o elementos arquitectónicos que impidan la movilidad, baño acondicionado si fuese indispensable…

Además, se trata de conseguir que la persona mayor se integre en el entorno, en un ambiente confortable en el que todos se sientan a gusto. El cariño no se puede exigir pero sin duda lo deseable es que surja por ambas partes. La cuantía económica no es lo importante. Es solo una mera ayuda.

Los requisitos básicos para optar al Programa son similares con algunos matices en cada comunidad autónoma. Los principales son:

  • Ser español o extranjero con residencia legal en España y tener cumplidos 65 años.
  • Estar empadronado en alguno de los ayuntamientos de la comunidad autónoma en la que se solicita el acogimiento (en algunos casos se exige un tiempo mínimo de residencia).
  • Cumplir una serie de requisitos económicos relacionados con los ingresos mensuales brutos percibidos y con la posesión de bienes muebles e inmuebles.
  • Acreditar mediante el correspondiente informe de los Servicios Sociales que se necesita la ayuda que ofrece el Programa por circunstancias diversas (económicas, personales, sociales,  grado de discapacidad…).
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Cómo se puede solicitar el acceso al Programa de Acogimiento

Si necesitas información sobre los requisitos exactos que requiere el acceso al Programa en tu comunidad autónoma puedes obtenerla a través de los Servicios Sociales existentes en tu municipio. Estos centros son también el lugar donde debes presentar la correspondiente solicitud así como la documentación que la respalde: fotocopia del DNI, informe médico si fuese necesario, certificado de empadronamiento, declaración de la renta o certificado negativo en caso de no tener que presentarla…

La convocatoria anual de estas ayudas aparece en el BOE de las comunidades autónomas en fechas determinadas (puedes conocerla a través de los Servicios Sociales) y si estás interesado deberás presentar la solicitud en las fechas establecidas.

El acogimiento familiar de personas mayores puede ser una opción para aquellos que deseen integrarse en un núcleo familiar y recibir la atención que necesitan, aunque hay que recordar que existen otras posibilidades, como los pisos tutelados o el programa de viviendas compartidas, especialmente ideados para adultos mayores que mantienen su autonomía que también podrían resultar de interés.

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Mariola Báez

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