Practicopedia

Renovar el DNI: ¿con cuánto tiempo de antelación se puede hacer?

María Bonillo

Foto: Europa Press

Jueves 18 de abril de 2024

3 minutos

Es importante estar pendientes de su fecha de caducidad y renovarlo antes de que pierda su utilidad

¿Cuántas veces puedes perder el DNI sin que te multen? La Policía Nacional responde
María Bonillo

Foto: Europa Press

Jueves 18 de abril de 2024

3 minutos

El Documento Nacional de Identidad (DNI) es un documento imprescindible para los ciudadanos, por lo que es importante estar pendientes de su fecha de caducidad y renovarlo antes de que pierda su utilidad, o podríamos vernos en problemas al tener que realizar cualquier gestión o trámite si nos encontramos con que ya está caducado en un momento de necesidad. 

Renovarlo es un proceso muy sencillo y rápido, que se puede hacer con bastante tiempo de antelación y evitar así cualquier tipo de problema. En concreto, según indica la Policía Nacional (@policia) en su web oficial, el DNI se puede renovar dentro de los últimos 180 días antes de que caduque. 

En caso de que lo hayamos perdido, se haya deteriorado o haya sido sustraído, señalan que se deberá renovar "lo antes posible", tras lo cual se "obtendrá un nuevo documento con su validez total cuando queden menos de 90 días para su caducidad". Si se superasen esos 90 días, se obtendría, en cambio, uno con la validez anterior. Si el motivo de la cita es por el deterioro del DNI, se obtendrá un duplicado en el que "se preceptúa que los documentos sustituidos perderán el carácter de Documento Nacional de Identidad, así como los efectos que el ordenamiento jurídico atribuye a este con respecto a su titular", explican. 

 

firma dni

¿Qué se necesita para renovar el DNI?

En el momento en que necesitemos renovar el DNI, tendremos que acudir presencialmente para expedirlo (los menores de 14 años y personas con capacidad judicialmente complementada deberán hacerlo en presencia de la persona que tenga la patria potestad o tutela, o haya sido apoderada), abonar la tasa correspondiente y aportar los siguientes documentos:

  • Una fotografía reciente en color del rostro del solicitante, con un tamaño de 32x26 milímetros.
  • El DNI actual (en caso de haberlo perdido, será necesaria denuncia o comunicarlo previamente).
  • El certificado o volante de empadronamiento, si el alta en el Padrón Municipal se ha realizado en los últimos dos meses. 
  • El Certificado del Registro Civil, expedido con una antelación máxima de 6 meses de la fecha de solicitud del DNI, si se han variado los datos de filiación. 

Para los españoles que residan en el extranjero, para renovar el DNI deberán aportar, además de los documentos ya mencionados, el Certificado de acreditación de residencia, en el caso de que hayan cambiado de domicilio en el extranjero, expedido como máximo 3 meses antes de la fecha de renovación del DNI.

Asimismo, recuerdan que "los titulares de documentos expedidos con domicilio en el extranjero, tan pronto trasladen su residencia a España, aun cuando se trate de expediciones con validez permanente, deberán renovar dicho documento a efectos de actualización de domicilio". 

Sobre el autor:

María Bonillo

María Bonillo

María Bonillo es licenciada en Comunicación Audiovisual y Periodismo por la Universidad Carlos III de Madrid. Escribe principalmente sobre temas de sociedad. También tiene experiencia en comunicación corporativa de empresas como OmnicomPRGroup y Pentación Espectáculos.

… saber más sobre el autor