Economía

Los 7 motivos por los que el SEPE te puede quitar la prestación por desempleo

Laura Moro

Foto: Bigstock

Jueves 13 de febrero de 2025

3 minutos

Para recibirla, hay que cumplir también con una serie de requisitos

Los 7 motivos por los que el SEPE te puede quitar la prestación por desempleo
Laura Moro

Foto: Bigstock

Jueves 13 de febrero de 2025

3 minutos

El subsidio de desempleo es una ayuda destinada a trabajadores por cuenta ajena que no tienen acceso a la prestación contributiva por desempleo, que se encarga de gestionar el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Para poder ser beneficiario de esta ayuda, será necesario cumplir con una serie de condiciones, ya que de lo contrario, podrán suspenderte o retirarte la ayuda.

En concreto, para poder cobrar el paro es necesario estar dado de alta como afiliado/a a la Seguridad Social, encontrarse en situación de desempleo, haber cotizado un mínimo de 12 meses a la Seguridad Social o haber agrupado este tramo de cotización durante los últimos seis años, tener menos de 65 años y estar inscrito como demandante de empleo.

Motivos para quitarte el paro

En la página web del SEPE encontramos los motivos por los que te puede retirar la ayuda. Son las siguientes:

Paro sénior: El edadismo enquista el desempleo de los mayores de 55, sin bajar del medio millón

1. Cometer infracciones, ya sean graves o leves, que sean motivo de sanción.

2. Cumplir una condena que implique privación de libertad. La única excepción en estos casos es si existen responsabilidades familiares y la renta familiar no supera el SMI del momento.

3. Si realizas un trabajo por cuenta ajena que dure menos de 12 meses.

4. Si realizas un trabajo por cuenta propia durante menos de 24 meses, independientemente de si te has dado de alta "como persona trabajadora por cuenta propia dentro de alguno de los regímenes de la Seguridad Social".

5. Si continúas prestando servicios o no los prestas por voluntad de la empresa, en aquellos casos en los que "una sentencia declare la improcedencia o nulidad del despido y el empresario o la empresaria opte por su readmisión e interponga algún recurso, mientras dure la tramitación del recurso".

6. Si trasladas tu residencia al extranjero para buscar o realizar un trabajo, "perfeccionamiento profesional o cooperación internacional, por un período continuado inferior a doce meses, siempre que comuniques la salida al Servicio Público de Empleo Estatal y este la autorice".

7. Por último, el SEPE te podrá suspender el paro si te vas al extranjero durante un periodo de "hasta noventa días naturales como máximo durante cada año natural, siempre que lo comuniques previamente al Servicio Público de Empleo Estatal y este lo autorice".

Sobre el autor:

LauraMoro

Laura Moro

Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.

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