Un autónomo es una persona física que realizauna actividad económica y lo hace de forma habitual, directa y por cuenta propia y recibe una remuneración por ello.
Los autónomos no están vinculados a una empresa en concreto, ni tienen un salario fijo. Además, todos estos trabajadores tienen que pagar la cuota de autónomo, que es un pago regular y mensual por el ejercicio de su actividad que permite acceder a asistencia sanitaria, baja por maternidad o paternidad y a la prestación por incapacidad temporal.
Para realizar el pago de estas cuotas, los autónomos tienen que realizar una estimación de sus ingresos y gastos a lo largo del año y en función de este cálculo eligen una base de cotización sobre la que se calcula la cuota que tienen que pagar cada mes a la Seguridad Social.
La regularización de las cuotas y su correspondiente ajuste a los ingresos reales del trabajador es algo de lo que se encarga la Seguridad Social. Y el propio organismo avisa a los trabajadores de este reajuste.
La Seguridad Social puede avisar a los autónomos a través de un trámite de audiencia o por la resolución de la regularización de cuotas. Cuando los trabajadores lean esta notificación o pasen 10 días naturales desde su emisión, el autónomo podrá acceder al servicio de regularización de cuotas.
En este contexto, los autónomos tienen dos opciones: decidir seguir en la misma base hasta el último día del mes posterior a la notificación o dejar que sea la propia Seguridad Social quien ajuste automáticamente la base de cotización a sus rendimientos netos.
La regularización de las cuotas
Dicha resolución de regularización puede tener como resultado tres escenarios:
Diferencias de cotización a favor del autónomo. El organismo deberá devolver automáticamente el importe que se especifique en la resolución antes del 30 de abril de 2025.
Diferencias en la cotización que requieren un ingreso por parte del autónomo. Es el caso contrario al anterior, y deberá abonarse antes de la fecha especificada el importe que aparezca en la resolución. En caso de no pagar, se aplicará un recargo del 20%.
No se detectan diferencias en la cotización. La base elegida ha sido la correcta y ninguna de las dos partes deberá pagar nada.
Sobre el autor:
Laura Moro
Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.