Usura, según la definición del Diccionario de la Real Academia Española es el “interés excesivo en un préstamo”. Lamentablemente, no ofrece números concretos a ese interés excesivo. Quien sí lo ha hecho ha sido la Asociación de usuarios de bancos, cajas y seguros. Adicae ha detectado cerca de 200 modelos de tarjetas susceptibles de incluir la opción de revolving que, en algunos casos, pueden llegar a tener intereses de hasta el 30% y ha alertado a los consumidores para que comprobemos si podemos tener una tarjeta de este tipo.
Adicae ha lanzado una campaña de información para todos los titulares de este tipo de productos, tanto en redes sociales como mediante asambleas virtuales, y ha puesto a disposición de los consumidores un modelo de reclamación para "solicitar de la financiera la anulación del crédito contratado, así como la restitución de lo irregularmente cobrado".
La asociación presidida por Manuel Pardos señala que la mitad de los usuarios que han presentado una reclamación "desconoce las condiciones reales de estos productos financieros, al no serle informado previamente del coste de los intereses del dinero dispuesto", mientras que "muchos otros, directamente no saben siquiera que disponen de este tipo de tarjetas".
Tanto entidades financieras, como grandes superficies comerciales, distribuidoras de energía, de telecomunicaciones o de carburantes "ofrecen estas tarjetas de aplazamiento de pago que pueden generar deudas que multiplican el capital inicialmente solicitado", dice Adicae en un comunicado. Asimismo, ha explicado que su objetivo es "corregir los graves riesgos de sobreendeudamiento que el carácter abusivo de muchos de estos productos genera entre los consumidores".
La condena de WiZink por ‘intereses usuarios’
Además, ha recordado que, en otoño del año pasado, presentó en los juzgados mercantiles de Madrid "la primera demanda colectiva solicitando la nulidad de las revolving contratadas con Citibank, Bancopopular-e, Barclaycard y Wizinkpor falta de transparencia a la hora de ser comercializadas". En esta demanda, se recoge que estas tarjetas "escapan del control de transparencia y han sido ofrecidas a los consumidores a través de una política de comercialización agresiva, provocando un grave perjuicio a estos al cobrar, en muchas ocasiones, más del doble de la cantidad que se solicitó", tal y como señala la asociación.
Por último, ha recordado que, en un auto fechado el pasado 25 de marzo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea avaló la doctrina del Tribunal Supremo para anular contratos con tarjetas revolving por ser declarados como "usura" cuando superan un determinado tipo de interés al declarar que este criterio no es no es contrario a las normas comunitarias.
La alerta del Banco de España
Según el Banco de España“revolving” más que un tipo de tarjeta es una modalidad de crédito. Eso sí, la mayoría de las entidades comercializa el Crédito revolving a particulares asociado generalmente a una tarjeta, ya sea física o virtual. Este tipo de crédito te permite aplazar los pagos en cuotas fijas o en un porcentaje del crédito o del saldo dispuesto, de manera que el límite se va renovando con la parte de la cuota destinada a amortizar el capital ya gastado. De este modo, si no conoces bien cómo funciona este producto puedes hacer un uso inadecuado y meterte en problemas.
Según ha reconocido el propio Banco de Esñaña, este producto se ofrece generalmente a los clientes con la denominación de tarjeta de crédito y, en muchos casos, se comercializa sin que aparezca la palabra revolving "y a veces sin informar adecuadamente de las características de este tipo crédito asociado", pudiendo ofrecerse también en colaboración con grandes comercios o intermediarios bajo la marca comercial de estos.
Sobre el autor:
Beatriz Torija
Beatriz Torija es periodista y documentalista, especializada en información económica. Lleva 20 años contando la actualidad de la economía y los mercados financieros a través de la radio, la televisión y la prensa escrita. Además, cocina y fotografía.