Una hipoteca es un acuerdo financiero que permite a las personas adquirir una propiedad, normalmente es una vivienda, obteniendo un préstamo de un banco o una entidad financiera.
Tal y como explican desde el blog de BBVA, el préstamo se garantiza utilizando la propiedad como colateral, para que, en caso de que se produzca un incumplimiento de pago, el prestamista podrá vender la propiedad y recuperar así el dinero prestado.
En este acuerdo hay dos elementos muy importantes: el contrato, donde aparecen detalladas todas las obligaciones y condiciones del préstamo, como puede ser el plazo de devolución, las cuotas y el sistema de amortización. Y, por otro lado, la garantía hipotecaria, que es, precisamente, lo que se comentaba anteriormente: el derecho del prestamista de hacerse con la propiedad en caso de impago.
La hipoteca se firma ante notario, y normalmente, el banco suele poner como condición la contratación de otros servicios, como un seguro de hogar o de vida. Ahora bien, hay que tener claro que no se está obligado a contratar con el mismo banco con el que se firma la hipoteca el seguro. Se puede hacer con otra entidad, tal y como explican desde HelpMyCash: "El banco te puede obligar, si quiere, a contratar un seguro de daños y un seguro de vida. Eso sí, si te obliga a suscribir estas pólizas, podrás contratar los seguros con la aseguradora que tú elijas, que puede no ser la del banco. Tu entidad, además, no podrá encarecer tu hipoteca si contratas los seguros con una aseguradora que no es la suya".
Normalmente, los seguros más habituales que suelen ofrecer los bancos son el seguro de daños y multirriesgo.
¿Puedo cancelar un seguro hipotecario después de contratarlo?
Sí, se puede, aunque dentro de un plazo de 30 días naturales para los seguros de vida, y 14 días naturales para los demás. Se empieza a contar desde la fecha de contratación de la póliza.
Para cancelar este contrato se tiene que comunicar por escrito a la aseguradora para que te devuelva el dinero que hayas pagado, descontando los días que el seguro ha estado vigente.
Cuando pase el plazo de desistimiento hay que esperar a que acabe el plazo de vigencia del seguro. Si la prima es mensual o anual, hay que avisar a la aseguradora de que no se quiere renovar la póliza. Es recomendable hacerlo al menos un mes antes de que acabe el plazo. En caso de ser de prima única, el contrato se cancelará automáticamente en cuanto llegue su fecha de vencimiento.
¿Hipoteca fija o variable?
A la hora de contratar una hipoteca se puede elegir entre fija y variable. La principal diferencia entre ambas radica entre sí la cuota que se va a pagar será siempre la misma o si estará sujeto a las variaciones, normalmente el Euríbor a un año.
Para decidir, desde el blog del Banco Santander recomiendan tener en cuenta tres aspectos: el plazo del préstamo, las expectativas de ingresos y la capacidad de afrontar una subida rápida de los tipos de interés.
Normalmente, la hipoteca a tipo fijo está indicado para plazos que no superen los 20 años, aunque se puede llegar hasta los 30. Una de sus características principales es que no se asume el riesgo de una subida de tipos.
Por su parte, la de interés variable depende de un índice de referencia, normalmente el Euríbor, aunque también se usa el Índice de referencia de préstamos hipotecarios (IRPH), más la aplicación de un diferencial fijo por parte de cada entidad bancaria.
La variable es la mayoritaria en el mercado, y se caracteriza por las bajas emisiones, un mayor plazo de amortización y se revisa de manera anual o cada seis meses, dependiendo de lo contratado.
Sobre el autor:
Laura Moro
Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.