En la declaración de la renta que realizaremos en 2025 están obligados a declarar todos los contribuyentes que ganen más de 22.000 euros brutos al año, si tienen un solo pagador, y también los pensionistas que alcancen este nivel de renta.
Como novedad beneficiosa, aquellos contribuyentes que, teniendo más de un empleador, logren rendimientos inferiores a 22.000 euros, no deberán presentar la declaración del IRPF, siempre y cuando la suma de lo que ingresan del segundo y demás pagadores sea menor de 2.500 euros (en 2024, ese límite era de 1.500 euros).
El año 2025 comienza con el umbral de exención del IRPF en 15.876 euros anuales, ajustado tras la subida del salario mínimo interprofesional (SMI), según acordó el Consejo de Ministros en junio de 2024. Esto implica que, por debajo de 15.876 euros, ni se aplican retenciones en la nómina, ni tampoco se está obligado a presentar el IRPF (salvo excepciones, como los parados, perceptores del ingreso mínimo y autónomos, que sí deben presentar la declaración).
Este umbral de renta intocable se ha aumentado, para igualarla al SMI, y de esta medida se beneficiarán alrededor de 5,2 millones de contribuyentes, sobre todo trabajadores y pensionistas que perciban rentas bajas y medias, de acuerdo con los cálculos de la vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero.
Bajan las cuotas para algunos autónomos
En 2025, los autónomos que se encuentren en los 3 tramos más bajos de la tabla de rendimientos netos experimentarán una rebaja de las cuotas mensuales que pagan a la Seguridad Social. Y los que estén en los 3 siguientes tramos podrán cotizar lo mismo que en 2024.
Es decir, entre 670 y 1.700 euros de ingresos, podrán acogerse a una cuota más reducida, si así lo desean, porque hay que recordar que el sistema vigente les marca una base de cotización mínima y una máxima en cada tramo de rendimientos, pero los autónomos pueden escoger su base dentro de esos límites.
Fuente: Seguridad Social
Aquellos que coticen lo mínimo, tendrán una rebaja anual de entre los 80 y 428 euros, dependiendo del tramo de rendimientos.
En cambio, los autónomos que ganen más de 1.700 euros pagarán mayor cuota en 2025. El incremento anual en estos casos pivotará entre los 272 y 970 euros, según el tramo de ingresos al que pertenezcan.
Desciende al 4% el IVA del yogur...
En 2025, los alimentos básicos se encarecen, porque vuelven a pagar un IVA del 4%, mientras las pastas y aceites están más gravados todavía (con un 10%) y el resto de la cesta de la compra tributa por el IVA general del 21%.
En cambio, entre esas subidas abultadas, hay una rebaja de IVA, la que afecta a la leche fermentada (yogur), que se ha rebajado al 4% (desde el anterior 10%).
... y el aceite de oliva mantiene el 4%
También se salva del aumento general del Impuesto sobre el Valor Añadido el aceite de oliva, que por ahora ha logrado conservar el tipo superreducido del 4%.
Durante todo 2024, su precio se disparó debido, entre otras causas, a la sequía sufrida en las principales zonas productoras y a la consiguiente reducción de la cosecha. En noviembre pasado, un litro de aceite de oliva virgen extra había alcanzado los 10 euros de media, una cifra inédita que posicionó este alimento como producto de lujo en la mayoría de las economías domésticas españolas.
Madrid, Málaga... varias ciudades bajan el IBI
El Ayuntamiento de Madrid vuelve a rebajar el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) en 2025, que pasa desde el 0,442% al 0,428%. Según cálculos del consistorio madrileño, de esta medida se beneficiarán 2,2 millones de recibos.
Esta nueva bajada del tipo general del IBI beneficia a1,5 millones de inmuebles de uso residencial, también a 95.500 de uso comercial, 30.000 oficinas, más de 11.000 locales de uso industrial y 7.500 locales de ocio.
En el caso de Málaga, se congelan las tarifas y las cuotas de los principales impuestos, como el IBI, el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO), el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) y el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Además, aplicará una reducción de la plusvalía municipal, con una bonificación de hasta el 25% por transmisiones mortis causa para no convivientes.
Ayudas fiscales por la DANA
La Generalitat Valenciana ha aprobado medidas fiscales para paliar los daños causados por la catástrofe de las inundaciones por la DANA:
- IRPF: Deducción del 100% de gastos de reparación en la vivienda habitual, hasta 2.000 euros, aplicable en los periodos impositivos terminados en 2024 y 2025. También deducción del 45% de lo invertido en 2024 y 2025 en la suscripción y desembolso de acciones o participaciones como consecuencia de acuerdos de constitución o de ampliación de capital de entidades, con límite de 9.900 euros.
- Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones:Bonificación del 50% en compras mortis causa efectuadas por parientes del causante pertenecientes al grupo III de parentesco, cuando el causante hubiese fallecido por el temporal. Reducción del 100% de la base imponible en las adquisiciones lucrativas inter vivos realizadas desde el 29/10/2024 hasta el 31/12/2025 en favor de personas que destinen los bienes y derechos recibidos a reparar o reponer aquellos de los que fueran titulares. También para adquisiciones lucrativas realizadas entre el 29/10/2024 y el 31/12/2026 para compra de nueva vivienda habitual del donatario, en determinados supuestos. Y reducción del 100% de la base imponible en adquisiciones lucrativas inter vivos realizadas desde el 29/10/2024 hasta el 31/12/2025 para la adquisición de bienes afectos al ejercicio de una empresa individual o negocio profesional con el fin de paliar los daños causados.
- Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y AJD: Bonificación del 100% de la cuota tributaria de la modalidad gradual de AJD y de la de TPO del ITPAJD, aplicable entre el 29/10/2024 y el 31/12/2026, exigible por los actos o contratos o la constitución de derechos reales de garantía relacionados con la adquisición de bienes inmuebles destinados a reemplazar a otros destruidos o gravemente dañados por el temporal. Bonificación del 100% de la cuota gradual de la modalidad de AJD del ITPAJD, aplicable entre el 29/10/2024 y el 31/12/2026, exigible a las primeras copias de los documentos notariales otorgados para formalizar operaciones de declaración de obra nueva. Bonificación del 100% de la cuota de TPO exigible a las adquisiciones de vehículos automóviles destinados a reemplazar a otros destruidos por el temporal.
Transporte igual o más barato
Hasta el 30 de junio de 2025, se mantienen los descuentos al transporte, que llegan al 100% en los abonos de Cercanías, Rodalies, trenes de Media Distancia convencional y líneas de autobús de ámbito estatal.
También continúa el 50% de reducción de los abonos y títulos multiviaje en el transporte urbano y metropolitano. Y costarán la mitad, durante todo 2025, los abonos para los trenes Avant.
Serán gratuitos los abonos de Cercanías en Asturias y Cantabria, y el transporte público terrestre de Canarias y Baleares.
Desde el 1 de julio, se pondrá en marcha un billete único de Cercanías por 20 euros al mes y transporte gratuito para menores de 15 años.
Deducción de hasta el 80% por donaciones
Los donativos a ONGs u otras entidades permiten efectuar una deducción del 80% para los primeros 150 euros, y del 40% para los importes restantes, que llega al 45% si en los dos años inmediatos anteriores se dona a favor de una misma entidad por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior, limitada a una aportación máxima del 10% de la base liquidable.
Asimismo, las cuotas de afiliación y aportaciones a partidos políticos pueden reportar al contribuyente algún beneficio adicional, ya que suponen una deducción del 20%, limitada a una base máxima de 600 euros.
Rebaja de Sociedades para pymes
Como novedad en el Impuesto de Sociedades, desde 2025 se ha reducido para las empresas con una facturación inferior a un millón de euros, de manera que la base imponible comprendida hasta 50.000 euros tendrá un gravamen del 17% y el resto de la base imponible tendrá un tipo del 20%.
Esta reducción del gravamen de Sociedades para pymes será gradual hasta el año 2027.
El IVA franquiciado para autónomos, paralizado
Finalmente, la negociación para implantar el sistema franquiciado del IVA para autónomos, que les eximiría de declarar este impuesto, continúa paralizada, según ha confirmado el Ministerio de Hacienda, por lo cual, no se pondrá en marcha en enero de 2025.
Lo que sí entra en vigor este año es la transposición de la Directiva europea 2020/285, pero ello no afectaría a la mayoría de autónomos, sino solo a quienes operan con autónomos de otro país que sí tenga IVA franquiciado. En este último caso, las facturas sí podrían estar exentas de IVA.
Esta parálisis perjudica a miles de profesionales, puesto que, cuando se implante el IVA franquiciado, quienes facturen menos de 85.000 euros anuales no tendrían que realizar la liquidación trimestral del IVA, ni tampoco la anual. Y tampoco estarían obligados a emitir facturas con IVA.
Sobre el autor:
Pepa Montero
Pepa Montero es redactora especializada en temas de economía. Ha trabajado en medios como El Economista y La Gaceta de los Negocios. Es autora del libro de relatos La casa de las palmeras (Azul como la Naranja, 2013).