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Cuidado al marcar: Empresas y operadoras siguen lucrándose con teléfonos de pago 901 y 902
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (@CNMC_ES) ha sancionado a cinco operadores por ofrecer a las empresas la contratación de líneas 902 a cambio de un beneficio económico. En concreto se ha sancionado a Vodafone España (@vodafone_es), Orange Espagne (@orange_es), BT España (en la actualidad “Evolutio Cloud Enabler”), Xtra Telecom y Alai Operador de Telecomunicaciones. La normativa prohíbe expresamente la retribución a las compañías que contratan este “número inteligente” en el que el consumidor paga la totalidad de la llamada.
Según informa la CNMC, los hechos ocurrieron entre diciembre de 2016 y mayo de 2019 y "suponen una infracción grave de la Ley General de Telecomunicaciones, puesto que implica el incumplimiento de las condiciones determinantes de las atribuciones y el otorgamiento de los derechos de uso de los recursos incluidos en los planes de numeración".
Las sanciones se reparten así:
- Vodafone España, S.A.U.: 37.000 euros
- Orange Espagne, S.A.: 39.000 euros (ya abonados)
- Xtra Telecom, S.A. Unipersonal: 5.400 euros (ya abonados)
- BT España, Compañía de Servicios Globales de Telecomunicaciones (en la actualidad “Evolutio Cloud Enabler, S.A.): 72.000 euros (ya abonados)
- Alai Operador de Telecomunicaciones, S.L.: 13.800 euros (ya abonados)
Todas las empresas, excepto Vodafone, han reconocido la responsabilidad y han abonado ya la sanción, tal como informa el regulador en un comunicado.
António Coimbra, CEO de Vodafone España
Protección a los usuarios
Las empresas contratan las líneas 902 para centralizar los servicios que ofrecen a sus clientes bajo el paraguas de un mismo número. Se trata de un “número inteligente” que permite a las empresas conocer desde qué lugar geográfico se hace la llamada o a qué hora y esta información les permite mejorar sus servicios de atención al cliente.Sin embargo, el precio de estas llamadas resulta más elevado para los consumidores que las llamadas a números geográficos.
Se trata de un número que no está incluido en las tarifas planas que son mayoritarias en la contratación de servicios de telefonía y esto permite al operador fijar el precio que considera oportuno. Por ejemplo, si se llama desde un fijo, el precio suele ser similar al de una llamada interprovincial, mientras que si se hace desde un móvil, el precio suele ser aún más elevado.
Falta de normativa
La normativa no prevé qué servicios se deben prestar a través de esta numeración. En todo caso, sí que prohíbe expresamente la retribución al abonado (o empresa) que contrata la numeración 902. Esto significa que la compañía a la que el usuario llama para recibir una información no puede recibir dinero o servicios por la llamada. Es decir, el usuario tiene que pagar el coste íntegro de la llamada a su compañía telefónica.
Por este motivo, las asociaciones de consumidores llevan años librando una batalla contra el uso del 902 en los servicios de atención al cliente. Consideran que deben ser gratuitos para los ciudadanos y reclaman un cambio en la regulación. La CNMC también se ha manifestado varias veces sobre los 902 con el fin de proteger a los usuarios de estas líneas de tarificación especial.
Mayor implicación de las autoridades
"Ahora mismo, la situación pasa por reivindicar al Gobierno, al Ministerio de Consumo, que tome medidas ante los 902 y haga un llamamiento a las empresas para que dejen de utilizarlo, así como a las comunidades autónomas" reivindican desde FACUA (@facua). "Hemos denunciado a decenas de compañías por usar fraudulentamente las líneas 902, y por otro lado, estamos pidiendo a distintas administraciones del Gobierno que eliminen este tipo de líneas de tarificación especial". Así, desde 2017 se ha logrado que Renfe, o el Servicio Estatal de Empleo los elimine y se pase a los 900 que son gratuitos, pero otras los mantienen.
También el Defensor del Pueblo (@DefensorPuebloE) se ha pronunciado sobre el tema en su último informe anual. Así, el organismo señala que uno de los problemas es que la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios no especifica qué ha de considerarse una tarifa básica, pero que según la Sentencia de la Unión Europea apunta a que ésta no puede exceder de una llamada a una línea fija geográfica o móvil estándar, por lo que formuló una recomendación instando a modificar este precepto. La Administración afirmó ser consciente del problema planteado y señaló que tenía previsto impulsar la modificación legislativa cuando la reanudación de la actividad legislativa tras el coronavirus lo permitiera.