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FACUA-Consumidores en Acción señala que los usuarios que se estén viendo afectados por las colas que se están produciendo en los últimos días en los controles fronterizos de los aeropuertos pueden reclamar al Ministerio del Interior, como responsable de dichos controles, la pérdida de los vuelos, así como cualquier otro daño que sufran.
En los últimos días, numerosos usuarios están denunciando que en los principales aeropuertos españoles se están produciendo largas colas, de hasta dos horas de duración, en los controles fronterizos que se realizan antes de los vuelos internacionales a países que no pertececen a la Unión Europa o que están fuera del espacio Schengen.
En este sentido, FACUA indica que, si como consecuencia del retraso pierden el vuelo, los usuarios tienen derecho a reclamar al Ministerio del Interior –quien se encarga de dichos controles– la devolución de los billetes, así como cualquier otro gasto adicional en el que hayan incurrido. Esto es, alojamiento en hoteles, viajes organizados, vuelos de conexión o de vuelta (si el viaje de ida finalmente no se produce), gastos adicionales por haber tenido que coger un vuelo diferente con otra hora de salida o por el tiempo de espera entre el original y el final, etc.
También podrían reclamarse los daños morales que supongan al afectado la pérdida de dicho vuelo como, por ejemplo, haber perdido sus vacaciones o parte de ellas.
Para ello, la asociación aconseja aportar todas las pruebas que sean posible que demuestren que el retraso se ha debido a las colas y que el usuario había acudido con tiempo suficiente y cumpliendo el horario, como, por ejemplo, fotografías donde se puede demostrar la hora a la que se llegó al aeropuerto, o testigos que permitan corroborarlo.
Así, FACUA recomienda que la reclamación se presente en el mismo aeropuerto, mediante la presentación de una hoja de reclamaciones y de toda la documentación adicional, o, si no pudieran hacerlo, lo antes posible. Para ello, pueden hacerlo mediante cualquier oficina de registro o mediante el Registro electrónico, así como por cualquier otro medio que dé constancia fehaciente de su envío (carta certificada a sobre abierto, burofax, etc.).