Se confirma la multa millonaria contra cinco aerolíneas por "prácticas abusivas". El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 (@MSocialGob) ha sancionado a las aerolíneas de bajo coste Ryanair, Vueling, Easyjet, Norwegian y Volotea con multas por importe conjunto de casi 179 millones de euros por prácticas "abusivas" como las de cobrar suplementos por el equipaje de mano o reservar asientos contiguos para acompañar a personas dependientes.
Según ha informado este viernes el Departamento que dirige Pablo Bustunduy, Ryanair ha sido multada con 107,7 millones de euros, mientras que Vueling ha recibido una sanción por valor de 39,2 millones de euros, siendo estas dos aerolíneas las que concentran la mayor parte del importe total de la multa.
La sanción de easyJet alcanza los 29,09 millones de euros; la de Norwegian es de 1,6 millones y, por último, la de Volotea alcanza los 1,18 millones de euros.
📢 El @MSocialGob sanciona con 179 millones de euros a cinco aerolíneas low cost por prácticas abusivas
— Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y A2030 (@MSocialGob) November 22, 2024
A través de una orden firmada, Bustinduy ha confirmado las sanciones que propuso la Secretaría General de Consumo y Juego, anunciadas en mayo, y ha desestimado, por tanto, los recursos de alzada interpuestos por estas compañías.
Ahora, se pone fin a la investigación iniciada por la Dirección General de Consumo en 2023 sobre unas prácticas que han sido calificadas como infracciones "muy graves" de la normativa de consumo.
Prácticas que se sancionan
Se trata de la primera ocasión que se da firmeza a sanciones calificadas como muy graves por parte de la Administración General del Estado en el ámbito de consumo, cuyo ministerio adquirió competencia sancionadora en junio de 2022. Las sanciones incluyen, además, la prohibición expresa de continuar con las prácticas que han sido sancionadas.
Entre ellas, exigir el pago de un suplemento por el equipaje de mano en cabina, el sobrecoste por el precio de billete en asientos continuos para personas dependientes y acompañantes, no disponer de pago en metálico o imponer una tasa por imprimir la tarjeta de embarque.
Cálculo de la multa en base a los beneficios de las compañías
El cálculo de las sanciones se ha realizado calculando la multa con base en los beneficios obtenidos por las compañías aéreas por las prácticas infractoras, tal y como establece el régimen sancionador de Consumo.
Esta orden firmada por el ministro Bustinduy pone fin a la vía administrativa. Ahora cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses. Una vez transcurrido este plazo de dos meses, si las compañías no han presentado un recurso ante la justicia, la orden será efectiva.
Las asociaciaciones de consumidores aplauden la medida
La asociación de consumidores OCU (@consumidores) aplaude las sanciones impuestas. Para la asociación esta multa sitúa al Ministerio presidido por Pablo Bustinduy en "la vanguardia de la protección de los consumidores a nivel europeo". OCU ha trasladado estas actuaciones a sus socios europeos de Euroconsumers y BEUC para que sirvan de precedente a la hora de iniciar acciones legales contra estas compañías en sus respectivos países.
Por su parte OCU está valorando el inicio de todas las acciones legales a su alcance para evitar que sigan perjudicando a los usuarios del transporte aéreo. En este sentido recuerda que la falta de transposición de la directiva de acciones colectivas dificulta que se puedan ejercer en España acciones transfronterizas.
Sobre el autor:
Marta Jurado
Marta Jurado es periodista especializada en Sociedad, Economía, Cultura, Política y redactora en el diario digital 65Ymás desde sus inicios. Licenciada en Periodismo por la Universidad Carlos III y en Filología Inglesa por la UNED, ha trabajado en medios de tirada nacional como El Mundo y Público y las revistas Cambio16 y Energía16. Tiene además experiencia en comunicación corporativa de empresas e instituciones como BBVA o INJUVE.