Consumo

Tus derechos ante el coronavirus: cancelación de eventos y devolución de cuotas de gimnasios

Toni Esteve

Jueves 7 de mayo de 2020

3 minutos

Consumo permite resolver contratos y pedir devoluciones en algunos casos.

Tus derechos ante el coronavirus: cancelación de eventos y devolución de cuotas de gimnasios
Toni Esteve

Jueves 7 de mayo de 2020

3 minutos

Ante la suspensión de todo tipo de eventos o la imposibilidad de disfrutar de algunos servicios contratados con anterioridad a la declaración del Estado de Alarma, el Ministerio de Consumo (@consumogob) ha establecido cuáles son los derechos de los usuarios frente a situaciones de esta naturaleza provocadas por la pandemia.

Consumo insta a las compañías, agencias, operadores y consumidores y usuarios a que actúen “con flexibilidad y buena fe en las negociaciones sobre alternativas a la prestación de servicios derivadas de la situación actual provocada por el Coronavirus (COVID-19)”. No obstante, el ministerio ha recogido algunos supuestos en los que han de quedar claros los derechos que no se pueden vulnerar:

Cancelación de eventos culturales, deportivos u otro tipo de servicios

En el caso de que se haya suspendido un evento o resulte imposible la prestación de cualquier tipo de servicio como consecuencia de las medidas adoptadas durante el estado de alarma (reserva de hotel, restaurante, etc.) el usuario tendrá derecho a resolver el contrato sin penalización en el plazo de 14 días a contar desde la finalización del estado de alarma y sus prórrogas.

El prestador del servicio podrá ofrecer una alternativa (fecha alternativa, un bono o vale sustitutorio, etc.). En el caso de que, en un plazo máximo de 60 días el usuario no acepte la alternativa propuesta, se deberán reembolsar los importes abonados en la misma forma en que se efectuó el pago. No obstante, la empresa podrá descontar los gastos ocasionados por el reembolso, que deberán estar convenientemente desglosados y que, en ningún caso, podrán suponer una penalización para el usuario.

Cuotas de gimnasios y academias 

vuelta al gimnasio

 

Respecto de aquellos servicios de tracto sucesivo (gimnasios, academias, colegios mayores, etc.) cuyas cuotas hayan sido abonadas y no se puedan disfrutar de forma plena como consecuencia de las medidas adoptadas durante el estado de alarma, el prestador del servicio podrá ofrecer la opción de disfrutar del servicio posteriormente o minorar la cuantía de futuras cuotas a imputar por la prestación del servicio.

En caso de que el usuario no acepte esta alternativa, se le deberán reembolsar los importes ya abonados en la parte correspondiente al periodo del servicio no prestado por dicha causa. Asimismo, no se presentarán a cobro nuevas mensualidades mientras el servicio no pueda volver a prestarse con normalidad. Este hecho no dará lugar a la rescisión del contrato, y las partes volverán a asumir las obligaciones objeto del contrato (prestación del servicio y abono de cuotas, respectivamente) cuando se haya puesto fin a las medidas decretadas por el estado de alarma que imposibilitan la prestación ordinaria del servicio.

Sobre el autor:

Toni Esteve

Toni Esteve es redactor especializado en temas de economía y consumo.

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