Con la subida de precios actual cualquier ayuda para pagar las facturas puede ser un gran alivio para el bolsillo. Entre ellas destaca el bono social eléctrico, un mecanismo no del todo conocido, que supone un importante descuento en el recibo de la luz.
Fruto de la crisis energética actual, el Gobierno ha ampliado además tanto la cuantía del descuento como los posibles beneficiarios, entre los cuales se encuentran pensionistas y jubilados de bajos ingresos, así como personas con incapacidad permanente. Te explicamos el detalle del bono y los requisitos para acceder a él.
¿Qué es el bono social?
El bono social es un mecanismo de descuento en la factura eléctrica, fijado por el Gobierno, con el fin de proteger a determinados colectivos de consumidores económica o socialmente vulnerables. De esta manera, desde el año pasado año el descuento sobre la factura se amplió hasta el 65% para los consumidores vulnerables y hasta el 80% para los consumidores vulnerables severos. Una medida que se mantendrá temporalmente hasta el 31 de diciembre de 2023.
Para ser beneficiario de este descuento es necesario tener la electricidad contratada con una comercializadora del mercado regulado, es decir, con el precio voluntario para pequeños consumidores (PVPC) y con un límite máximo de energía en el periodo de facturación. Además, es necesario cumplir con condiciones personales, familiares y de ingresos establecidas por el Gobierno y que se pueden consultar en la web bonosocial.gob.es.
Fuente: Ministerio Transición Ecológica
Requisitos para solicitarlo si eres pensionista
Según el Ministerio de Transición Ecológica podrán solicitar el bono social como 'consumidor vulnerable', las unidades de convivencia donde alguno de sus miembros o todos los que tienen ingresos sean pensionistas del Sistema de la Seguridad Social (jubilación o incapacidad permanente), percibiendo por ello la cuantía mínima vigente en cada momento y no tener otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros.
Para alcanzar la categoría de 'vulnerable severo', tendrá que demostrar además que su renta sea igual o inferior a 1 vez el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), fijado en los 8.106,28 €/año. También podrán acceder al bono social aquellos pensionistas cuya renta familiar sea igual o inferior a 1,5 veces el IPREM de 14 pagas (12.159,42 €/año) en el caso de vivir solo; cuantías que pueden variar en caso de convivir con otros mayores y/o menores de edad, así como personas con discapacidad.
¿Qué documentación debo presentar?
Cuando el consumidor considere que reúne los requisitos para tener derecho al bono social eléctrico, ha de cumplimentar la siguiente documentación:
Modelo de solicitud (Disponible en la web de cada Comercializadora de referencia)
Fotocopia del NIF o NIE del titular del punto de suministro y, en su caso, de todos los miembros de la unidad de convivencia (incluidos los mayores de 14 años con capacidad de obrar y de los menores de 14 años que dispongan de él).
Certificado de empadronamiento, individual o conjunto, de todos los miembros de la unidad de convivencia.
En caso de no formar parte de una unidad de convivencia, hoja individual del Registro Civil o cualquier documento expedido por la autoridad competente que acredite el estado civil del solicitante.
En caso de que forme parte de una unidad de convivencia, libro/s de familia y/o certificado/s de nacimiento y/o certificado/s de matrimonio y/o certificación de la inscripción como pareja de hecho o documento público en el que conste la constitución de dicha pareja. Cuando proceda, resolución judicial o administrativa que acredite el acogimiento.
Cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias se deberá aportar, además:
Certificado o documento acreditativo emitido por los servicios sociales del órgano competente para las circunstancias especiales de discapacidad reconocida igual o superior al 33%, víctima de violencia de género o víctima del terrorismo o situación de dependencia reconocida de grado II o III.
¿Dónde hay que pedirlo?
El bono social se puede solicitar por teléfono, correo electrónico, correo ordinario, o fax directamente a alguna de las comercializadoras de referencia (con las que se tengan contratado el servicio), quienes tiene la obligación de ofrecer y financiar el bono social.
Las comercializadoras de referencia tendrán un plazo de diez días desde que reciban toda la documentación para activar el bono social o denegarlo si no se ha acreditado el cumplimiento de los requisitos. A continuación, la referencia de las comercializadoras del mercado regulado que operan en nuestro país.
Fuente: Ministerio Transición Ecológica
Sobre el autor:
Marta Jurado
Marta Jurado es periodista especializada en Sociedad, Economía, Cultura, Política y redactora en el diario digital 65Ymás desde sus inicios. Licenciada en Periodismo por la Universidad Carlos III y en Filología Inglesa por la UNED, ha trabajado en medios de tirada nacional como El Mundo y Público y las revistas Cambio16 y Energía16. Tiene además experiencia en comunicación corporativa de empresas e instituciones como BBVA o INJUVE.