La Fundación de Estudios de Economía Aplicada (@socialfedea) ha valorado positivamente la reforma del mercado eléctrico planteada por la Comisión Europea al considerar que es "razonable" para el objetivo de aumentar los incentivos al despliegue de nueva generación renovable y aumentar la capacidad de protección a los consumidores mediante una potenciación de la contratación a largo plazo.
En un trabajo realizado por el catedrático Diego Rodríguez, investigador asociado de Fedea, el organismo señala que la propuesta de Bruselas está alineada con la propuesta del Gobierno español en el uso de las subastas de contratación a largo plazo basados en la liquidación por diferencias, conocidos como contratos CfDs (Contracts for Differences).
Sin embargo, el autor señala que la Comisión "apuesta claramente por un menor grado de intervención" que el Gobierno español, así como por compatibilizar la intervención pública a través de un mecanismo de subastas, dirigido a la entrada de nueva generación, con la promoción de los acuerdos comerciales entre generadores y consumidores y el desarrollo de otros instrumentos para aumentar la liquidez de los mercados a plazo.
La propuesta de Bruselas comenzará a ser discutida por el Parlamento Europeo y el Consejo para su aprobación y entrada en funcionamiento. Entre las aportaciones recibidas durante el periodo de consulta previo figura la propuesta adoptada por el Consejo de Ministros español el pasado 10 de enero.
Fedea recuerda que el objetivo de la reforma del mercado eléctrico no es integrar instrumentos temporales, sino cambios normativos de carácter estructural en la configuración del mercado eléctrico, particularmente en los mercados a plazo.
Los cambios fundamentales que se proponen se sustancian en la modificación del Reglamento y de la Directiva del mercado interior de la electricidad. En el primer caso se recogen las disposiciones que afectan a los mercados mayoristas, mientras que en la Directiva principalmente se integran las que afectan a los consumidores finales.
Regulación de la compra de energía y apuesta por las renovables
Según Fedea, los cambios más relevantes en el Reglamento se integran en un nuevo capítulo en el que, por primera vez, se regulan los contratos de compra de energía a largo plazo en condiciones comerciales, denominados PPAs (Power Purchase Agreements), así como los contratos de compra a largo plazo basados en la liquidación por diferencias, los CfDs.
Por lo que se refiere a los PPAs, Fedea subraya el reconocimiento creciente que la Comisión Europea les ha ido prestando como instrumento para la promoción de nueva entrada de generación renovable. De hecho, la nueva propuesta de la Comisión establece los requisitos y procedimientos para facilitar el desarrollo de estos contratos entre generadores y consumidores, incluyendo la novedad de que en los procedimientos de apoyo público se dé preferencia a los licitadores que presenten un PPA firmado o un compromiso de firmar un PPA para parte de la generación asociada al proyecto.
Según la propuesta de la Comisión, el apoyo público debe tomar la forma de subastas mediante la que se establecen contratos de largo plazo en forma de CfDs con los promotores de nuevas inversiones en generación renovable y nuclear, excluyendo en el primer caso a la generación hidráulica con embalse. La propuesta de la Comisión establece que los mayores ingresos obtenidos en caso de que el precio del mercado sea superior al precio establecido en el contrato a largo plazo con el generador debe repartirse de modo proporcional entre todos los consumidores.
Garantizar la asequibilidad y los contratos a precios fijos para los consumidores
La propuesta de la Comisión introduce diversas modificaciones en la Directiva sobre el mercado interior de la electricidad con la finalidad de mejorar la protección de los consumidores. Estos cambios afectan fundamentalmente a tres vertientes. Por un lado, al reconocimiento del derecho de los consumidores a disponer de contratos con precios fijos por un periodo determinado, que se hace compatible con la posibilidad de disponer simultáneamente de un contrato con precios dinámicos.
Por otro lado, la nueva regulación establece las condiciones de asequibilidad en los precios durante un periodo de crisis para pequeños y medianos consumidores. Esa crisis sería declarada por la Comisión, para lo que se estipulan las condiciones que deben cumplirse. Por último, los cambios propuestos flexibilizan al máximo las condiciones para la compartición de energía entre particulares y empresas mediante la figura del “consumidor activo”.
Sobre el autor:
Marta Jurado
Marta Jurado es periodista especializada en Sociedad, Economía, Cultura, Política y redactora en el diario digital 65Ymás desde sus inicios. Licenciada en Periodismo por la Universidad Carlos III y en Filología Inglesa por la UNED, ha trabajado en medios de tirada nacional como El Mundo y Público y las revistas Cambio16 y Energía16. Tiene además experiencia en comunicación corporativa de empresas e instituciones como BBVA o INJUVE.