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La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU, @consumidores) ha advertido de que la diferencia entre la renta propuesta por las agencias que garantizan el cobro del alquiler y el precio de mercado supone para el propietario una pérdida de ingresos "muy relevante", de entre el 9% y el 21%.
OCU, que ha realizado una comparación entre empresas que garantizan el cobro de las rentas de alquiler, asegura que esta pérdida de ingresos respecto al valor de mercado es, además, sin tener en cuenta las comisiones que cobran dichas empresas a los propietarios.
Asimismo, OCU recuerda que los servicios ofrecidos por estas empresas no son iguales en todos los casos. Por ejemplo, las mismas empresas ofrecen un servicio de gestión integral del contrato (con comunicación directa con el inquilino, gestión de suministros, etc.) por un coste superior: del 7% en el caso de Alquiler Seguro (@AlquilerSeguro), el 6,5% para Renta Garantizada (@rentagarantizad) y el 6,25% de la Agencia Negociadora del Alquiler (@AnaAlquilerMad).
Por ello, OCU recomienda un buen seguro de impago de rentas, que cubre hasta 11 meses de impago (12 meses menos uno de franquicia), lo que considera una garantía "suficiente y mejor" (y menos onerosa para el arrendador) frente a la que cubren los impagos hasta la emisión de un laudo arbitral.
OCU recomienda a los propietarios que se informen bien de las garantías aportadas por cada empresa, "más allá de los reclamos publicitarios", y que comparen el coste real de recurrir a estas empresas frente a la posibilidad de gestionar ellos mismos el arrendamiento, suscribiendo un buen seguro de impago de rentas.
En cuanto a la garantía del cobro de rentas, OCU advierte de que la cobertura prestada al arrendador no es igual en todas las empresas. Mientras que Renta Garantizada ofrece entre sus servicios una cobertura de impago de 11 meses de renta a través de un seguro con Mapfre, otras compañías como Alquiler Seguro o la Agencia Negociadora del Alquiler optan por acudir a un arbitraje para la resolución de conflictos entre arrendador e inquilino, y las rentas que garantizan ante un impago son las que corresponden a los meses que pasen hasta la resolución del laudo arbitral.
En este sentido, OCU recuerda que si el inquilino condenado en el laudo no acepta ejecutarlo voluntariamente, habrá que recurrir a la vía judicial para hacerlo ejecutivo, y ese nuevo proceso puede llevar mucho más tiempo por la carga de trabajo de los tribunales.
"Los próximos trimestres serán complicados para la economía de muchos hogares y es previsible que crezcan las dificultades para el pago de hipotecas o alquileres. El reclamo de la seguridad en el cobro de rentas tiene mucho eco en familias que cuentan con estos alquileres para completar sus ingresos", subraya OCU.