Nueva polémica sobre la información presuntamente confusa de las etiquetas de la industria alimentaria y de bebidas alcohólicas. La Organización de Consumidores y Usuarios (@consumidores) ha presentado una denuncia por publicidad engañosa ante la Agencia Catalana de Consumo contra la empresa DAMM, alegando que "los ingredientes reales de su cerveza con limón no son los que anuncian".
En concreto se trata de la cerveza Damm Lemon, que según la asociación, contiene información en su etiqueta que puede ser "engañosa" y por tanto confusa para los consumidores.
La asociación defiende que "el etiquetado y presentación de los alimentos debe ser de tal naturaleza que no induzca a error al consumidor". En caso de confirmarse la infracción, la cervecera española con sede en Barcelona, podría recibir una sanción que oscila entre 150 euros y 10.000 euros.
Presidente de Damm, Demetrio Carceller Arce: Fuente: Europa Press
El truco de los ingredientes: menos limón del que parece
Según la OCU, el etiquetado frontal de este producto se publicita que se elabora con 6 partes de cerveza y 4 de limón, incluyendo un gráfico representativo de esas proporciones. Sin embargo, en la lista de ingredientes, esas 4 partes de limón son realmente zumo de limón a partir de concentrado con un contenido de limón del 0,4%, además de otras sustancias.
Por lo tanto, esa cuarta parte o ese 40% no corresponde a limón (o su zumo), sino que es un 40% de bebida refrescante de extractos, entre cuyos ingredientes aparece un 0,4% de zumo de limón a partir de concentrado.
Asimismo, indican que la cerveza tiene un “toque de lima”, cuando este cítrico ni siquiera aparece en la lista de ingredientes. La información que aparece en su página web, tampoco es correcta.
El Reglamento que regula las etiquetas
El Reglamento europeo sobre la información alimentaria facilitada al consumidor establece expresamente que la información sobre las características de un alimento y, en particular, sobre la naturaleza, identidad, cualidades o composición, no debe inducir a error al consumidor.
Del mismo modo, nuestra Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, entiende que el etiquetado y presentación de los bienes y servicios y las modalidades de realizarlo deberán ser de tal naturaleza que no induzca a error al consumidor y usuario, pudiendo recibir, en caso de confirmarse por la Agencia Catalana de Consumo la infracción, una sanción que oscila entre 150 euros y 10.000 euros.
Sobre el autor:
Marta Jurado
Marta Jurado es periodista especializada en Sociedad, Economía, Cultura, Política y redactora en el diario digital 65Ymás desde sus inicios. Licenciada en Periodismo por la Universidad Carlos III y en Filología Inglesa por la UNED, ha trabajado en medios de tirada nacional como El Mundo y Público y las revistas Cambio16 y Energía16. Tiene además experiencia en comunicación corporativa de empresas e instituciones como BBVA o INJUVE.