Consumo

Pobreza energética: El Gobierno prohíbe los cortes de suministros mientras dure el estado de alarma

65ymás

Miércoles 23 de diciembre de 2020

ACTUALIZADO : Jueves 20 de mayo de 2021 a las 10:01 H

5 minutos

La medida, dirigida a los colectivos vulnerables, presenta aún lagunas según las entidades sociales

Pobreza energética: El Gobierno prohíbe los cortes de suministros mientras dure el estado de alarma
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Miércoles 23 de diciembre de 2020

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Después de semanas de un tenso debate sobre los cortes de suministros entre los miembros del Gobierno de coalición y la presión de entidades sociales, el Consejo de Ministros ha aprobado finalmente la extensión de la prohibición de suspensión de luz, gas y agua a los consumidores vulnerables y a personas en riesgo de exclusión social mientras dure el estado de alarma. Es decir hasta el próximo 9 de mayo de 2021.

La medida se incluye como una disposición en el Real Decreto-ley de medidas urgentes para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social y económica en el ámbito de la vivienda y en materia de transportes, que ha sido aprobado por el Ejecutivo este martes. Sin embargo, según señalan asociaciones energéticas, la iniciativa cuenta todavía con "algunas lagunas muy preocupantes".

corte suministros

¿Quiénes son los consumidores vulnerables?

Según el texto publicado por el Ministerio de Transición Ecológica (@mitecogob), para acreditar la condición de consumidor vulnerable ante las empresas suministradoras de gas natural y agua bastará la presentación de la última factura de electricidad en la que se refleje la percepción del bono social de electricidad. Con este Real decreto-ley, el ministerio de Transición Ecológica refuerza las medidas "para consolidar de manera eficaz la protección de los consumidores vulnerables, en línea con el marco efectivo desarrollado para identificar y reducir de forma estructural el fenómeno de la pobreza energética".

De esta manera, mientras esté vigente el actual estado de alarma, el Gobierno establece que no podrá suspenderse el suministro de energía eléctrica, gas natural y agua a aquellos consumidores en los que concurra la condición de consumidor vulnerable, vulnerable severo o en riesgo de exclusión social definidas en los artículos 3 y 4 del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos.

Piden ampliar el concepto de vulnerable y el horizonte temporal

Tal como destaca la plataforma de Nueva Modelo Energético (@NuModEnergetico), uno de los puntos débiles de la iniciativa es que abarca "tan solo el horizonte temporal del actual estado de alarma, prorrogado hasta las 00:00 horas del día 9 de mayo de 2021 por el Real Decreto 956/2020" y siguen sin definir claramante a los coonsumidores vulnerables. "La primera de las lagunas detectadas se encuentra en la definición de consumidor vulnerable del Real Decreto 897/2017, que obliga a las familias a estar acogidas al precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC), es decir, a tener su suministro eléctrico en el llamado mercado regulado", señalan desde la plataforma.

"En un escenario ideal, desearíamos que todos los consumidores vulnerables tuvieran contratada la tarifa PVPC y contasen con el correspondiente bono social. No obstante, hasta un 30,4% de los españoles desconocen la existencia del bono social. Este grado de desconocimiento viene asociado a que, según datos de la CNMC, en 2019 un 62% de los puntos de suministro (muchos de ellos de familias vulnerables) tenían contratada una tarifa en el mercado libre. Estos datos corroboran una situación que vemos cotidianamente en nuestras asambleas e intervenciones directas con personas afectadas: muchas familias vulnerables se encuentran aún en mercado libre y no disponen de bono social. Estas familias no estarían protegidas frente al corte", recuerdan.

modelo energéetico

Dudas sobre el  bono social y el Covid

Por otro lado, las entidades sociales destacan que la protección general no a los nuevos beneficiarios afectados por la crisis de la COVID-19 (artículo 28 del Real Decreto-ley 11/2020) que no se hayan acogido al bono social. En estos casos, sólo evitarían el corte aquellos hogares con menores de 16 años, personas con discapacidad o dependientes. 

Pero, ¿qué ocurre con las personas que cumplen los requisitos de titularidad, pero no disponen de bono social?, se preguntan las asociaciones. A su entender, existen dudas sobre si estarían protegidas del corte antes de acceder a los descuentos del bono social, un trámite que puede demorarse durante meses, sin tener en cuenta el desconocimiento antes mencionado.

Además la disposición adicional establece que la familia es quien debe acreditar su situación ante la compañía (o los Servicios Sociales o entidades sociales en el caso de que el contrato no esté a su nombre). "Creemos que, una vez más, situar la responsabilidad en las familias, y no en las entidades suministradoras, es un error", señalas desde el Nuevo Modelo Energético. 

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