Economía

Los contribuyentes ya pueden consultar sus datos fiscales para la declaración de la Renta

65ymás

Martes 24 de marzo de 2020

7 minutos

Los contribuyentes cuya declaración sea "a devolver" empezarán a cobrar desde el 3 de abril

Los contribuyentes ya pueden consultar sus datos fiscales para la Renta 2019
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Martes 24 de marzo de 2020

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El Ministerio de Hacienda (@Haciendagob) ha decidido mantener el plazo inicialmente previsto de modificación y presentación del borrador de declaración de la Renta y de Patrimonio 2019, cualquiera que sea su resultado, entre los días 1 de abril y 30 de junio de 2020, ambos inclusive, al considerarlo "especialmente importante" en las circunstancias actuales derivadas de la crisis sanitaria del Covid-19 para que cuanto antes los contribuyentes puedan recibir sus devoluciones.

Los contribuyentes pueden consultar ya los datos fiscales de cara a su declaración de Renta y Patrimonio, así como suscribirse a la APP de la Agencia Tributaria (@Haciendagob) y, desde el pasado 6 de marzo, solicitar el número de referencia. Desde esta semana, pueden suscribirse a la APP de la AEAT y acceder a sus datos fiscales en la página web de la AEAT a través del sistema REN0, el certificado o la Cl@ve PIN, así como en la aplicación. 

 

Puntos atención para hacer la declaración de la Renta
Puntos de atención para hacer la declaración de la Renta.

 

Aquellos contribuyentes cuya declaración sea negativa, es decir, "a devolver", empezarán a cobrar desde el 3 de abril, dos días más tarde del inicio de la campaña.

Según estadísticas del Ministerio que comanda María Jesús Montero (@mjmonteroc), el 70% de las declaraciones sale a devolver y casi el 90% de las mismas se presenta vía telemática. Desde el 1 de abril los usuarios podrán gestionar sus declaraciones por Internet, a través del servicio de tramitación Renta Web, y de la APP, así como hacer uso del servicio telefónico de información tributaria de Renta (901 33 55 33 o 91 554 87 70), que permanecerá todo el año.

 

 

La petición de cita previa, aplazada al 5 de mayo 

No obstante, el plazo para solicitar cita previa en el Plan 'Le Llamamos', por el que la AEAT llama al contribuyente previa solicitud, se aplaza y se podrá efectuar desde el 5 de mayo al 29 de junio, por Internet, por la APP, o por teléfono automático (901 12 12 24 o 91 535 73 26), en el que también se podrán anular las citas de campaña de Renta, así como por teléfono con atención personal (901 22 33 44 o 91 553 00 71).

Igualmente, desde el 5 de mayo existirá la posibilidad de solicitar cita previa para la confección de declaraciones de Renta de forma presencial en las oficinas de la AEAT y otras entidades colaboradoras, hasta el 29 de junio. El inicio de la atención presencial, con cita previa, en oficinas de la Agencia Tributaria y otras entidades colaboradoras, como comunidades autónomas, ayuntamientos o registros se ha fijado en el 13 de mayo.

En los casos de declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación bancaria la fecha límite es el 25 de junio. No obstante, si se opta por domiciliar únicamente el segundo plazo del IRPF, la misma podrá realizarse hasta el 30 de junio. El 29 de junio será el último día para solicitar cita previa para atención telefónica o en oficinas y un día más tarde, el 30 de junio, finalizará el plazo para presentar las declaraciones, concluyendo así la Campaña de Renta y de Patrimonio 2019.

Además, los contribuyentes podrán fraccionar, sin interés ni recargo alguno, el importe de la deuda tributaria resultante de su declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en dos partes: la primera, del 60% de su importe, en el momento de presentar la declaración, y la segunda, del 40% restante, hasta el 5 de noviembre de 2020, inclusive.

Se simplifica la identificación del domicilio fiscal

Entre las novedades, se introduce una simplificación respecto al modelo de años anteriores de la identificación del domicilio fiscal del contribuyente. Tradicionalmente, estos datos figuraban en la primera página del modelo y se mostraban al contribuyente en el momento de la descarga de datos fiscales, pero este año aparecen de forma separada al resto de la declaración, por lo que de forma "sencilla e intuitiva", según Hacienda, el contribuyente ratificará el último domicilio fiscal disponible o, en su caso, lo modificará.

Este año se ha consolidado en un único apartado toda la información relacionada con los inmuebles de los que es titular el contribuyente, ya sea como propietario o usufructuario, con lo cual se mejora la cumplimentación de los rendimientos de capital inmobiliario y de actividades económicas en estimación directa.

En el caso de arrendamiento de bienes inmuebles o de constitución de derechos o facultades de uso o disfrute sobre los mismos, para facilitar el cálculo del rendimiento neto de capital inmobiliario que corresponda, se desglosan todos los conceptos necesarios para ayudar al contribuyente en el cálculo del principal gasto deducible, las cantidades destinadas a la amortización. Cumplimentando estas casillas, Renta Web calculará el importe de la amortización deducible y, en el próximo ejercicio, el contribuyente podrá obtener este importe directamente de Renta Web.

Por su parte, y en relación con los "rendimientos de actividades económicas en estimación directa", Hacienda ha modificado la relación de ingresos computables y gastos deducibles. En el caso de los ingresos, se persigue que la relación de ingresos declarados sea más acorde a la naturaleza de los ingresos obtenidos.

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