Economía

¿Qué pasa con las cotizaciones realizadas al desaparecido Régimen Especial de Empleadas del Hogar?

María Liébana

Domingo 15 de noviembre de 2020

2 minutos

La norma no lo dice expresamente, pero se asumen realizadas al régimen General

¿Qué pasa con las cotizaciones realizadas al desaparecido Régimen Especial de Empleadas del Hogar?
María Liébana

Domingo 15 de noviembre de 2020

2 minutos

Los empleados del hogar han estado integrados en un Régimen Especial hasta que, en 2012, han sido integrados en el sistema especial del Régimen General, como el resto de los trabajadores por cuenta ajena.

Esto quiere decir que este colectivo se rige por las mismas normas que cualquier otro. Cabe destacar que esta regulación pretende mejorar los derechos de los empleados del hogar y acercarlos progresivamente a los de los demás trabajadores por cuenta ajena, además de hacer aflorar empleo sumergido.

Como se trata de una actividad laboral con ciertas peculiaridades, sobre todo originadas por la especial relación de confianza entre el empleado y el cabeza de familia, se ha creado dentro de este régimen un sistema especial. Por tanto, aunque a los empleados del hogar se les reconoce los mismos derechos en materia de protección, incluidos los relativos a la pensión de jubilación, existen una serie de particularidades acerca de la jubilación de las empleadas del hogar.

Cotizaciones empleadas hogar

La jubilación para las empleadas del hogar

Actualmente, las empleadas del hogar se pueden beneficiar de la jubilación flexible, pero no pueden acogerse a la jubilación anticipada (salvo ciertas excepciones) y tampoco tienen derecho a la jubilación parcial o a la jubilación especial a los 64 años, cuando trabajador y empresa se ponen de acuerdo para suplir el año que va de los 64 a los 65 años de la persona que se quiere jubilar con un nuevo empleado.

En términos de jubilación, hasta el año 2018, para el cálculo de la base reguladora de las pensiones de jubilación solo se tendrán en cuenta los periodos realmente cotizados. Con esto, no se integrarán y no se integrarán lagunas si hubo meses en los que no existió la obligación de cotizar, incluso los supuestos en que el período no cotizado sea inmediatamente posterior al cese de una actividad desarrollada en hogar familiar.

¿Qué pasa con las cotizaciones realizadas en el Régimen Especial de Empleados del Hogar que ya ha desaparecido?

Aunque la norma no lo dice expresamente, se entiende que las cotizaciones al anterior régimen se asumen realizadas al régimen general a los efectos del acceso a la pensión de jubilación. Se valoran las cotizaciones tanto para el cumplimiento de los requisitos exigidos como para el cálculo del beneficio.

Sobre el autor:

María Liébana

María Liébana es redactora especializada en temas de economía.

… saber más sobre el autor