Ante el anuncio de lluvias habíamos sacado el paraguas, chubasquero y las botas de agua, pero se han quedado cortos. La borrasca Aline ha golpeado con fuerza la península dejando fuertes lluvias, viento y muchas incidencias. Avisos de nivel amarillo y naranja, árboles caídos, estaciones de metro inundadas, el trayecto Madrid-Barcelona de AVE paralizado durante horas y numerosos desperfectos.
La patronal del sector asegurador, Unespa, ha recordado a todos los asegurados que se hayan visto afectados que tienen a su disposición una página web en la que se les explica cómo y a qué organismo o empresa deben acudir para pedir indemnizaciones. Elaborado por la propia Unespa, el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) y Agroseguro, el portal Naturalmente protegidos explica con detalle a cuál de estos organismos hay que acudir en el caso de sufrir algún percance a causa de la lluvia, de una inundación o riada, el viento, una sequía, una helada, los efectos del granizo o la nieve, un rayo, un terremoto, un maremoto o una erupción volcánica.
🌧️ Ante los desperfectos causados por las lluvias de ayer, recordamos que en el portal https://t.co/P2YZ1imbmO se explica cómo se indemnizan los daños ocasionados por fenómenos de la naturaleza.@consorseguros@agroseguro_es
En el apartado de lluvia, por ejemplo, la guía detalla cómo los “daños directos producidos por efecto del agua por encima del umbral fijado (y es que la intensidad del fenómeno será contrastada por la aseguradora con un servicio metereológico público) en el seguro de un cliente cuyo origen no sea una falta de mantenimiento o deterioro paulatino, serán indemnizados por la aseguradora. Ahora bien, si los daños directos por efecto del agua están por debajo de ese umbral fijado por el seguro contratado, no serán indemnizados.
En el caso de cosechas o arbolado asegurados, según esta guía, los daños serán indemnizados por Agroseguro.
En el caso de sufrir daños por inundación, tanto los daños materiales como personales (lesiones o fallecimiento) por anegamiento del terreno producido por la acción directa de las aguas de lluvia, las procedentes del deshielo, de los lagos, desbordamiento de ríos y rías, así como embates del mar, serán indemnizados por el Consorcio de Compensación de Seguros.
Recopilar pruebas
Por su parte, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) también recomienda reclamar, en caso de que la lluvia haya producido daños. En caso de daños extraordinarios causados por tormentas de lluvia de elevada intensidad, el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) podría hacerse cargo de las indemnizaciones para los vehículos y viviendas, siempre que estén previamente asegurados, recuerda OCU. En el caso de no ser considerado daño extraordinario, OCU señala que algunos fenómenos de la naturaleza sí están cubiertos por el seguro de hogar, de la comunidad o del vehículo, y será la aseguradora quien se hará cargo de los daños sufridos en caso de tener contratada la cobertura.
OCU recomienda a los afectados recopilar todas las pruebas para poder demostrar el origen y consecuencias del daño (como informes de agencias u observatorios meteorológicos, recortes de periódicos, fotos, informes de emergencias, policía, protección civil, bomberos...) y buscar testigos. De esta forma se deben acumular todas las pruebas que acrediten el siniestro y sus efectos.
Ayudas públicas
Según detalla esta web del sector asegurador, “las ayudas públicas son compatibles con las indemnizaciones que correspondieran en virtud de un seguro, sin que en ningún caso el importe total de todos los pagos pueda superar el valor del daño producido”. Además, especifica que el “Plan de Seguros Agrarios especifica que todo lo que es susceptible de ser asegurado no es objeto de ayudas públicas”.
Sobre el autor:
Beatriz Torija
Beatriz Torija es periodista y documentalista, especializada en información económica. Lleva 20 años contando la actualidad de la economía y los mercados financieros a través de la radio, la televisión y la prensa escrita. Además, cocina y fotografía.