Economía

¿Hay que pagar el impuesto de sucesiones antes de cobrar el seguro de vida?

Toni Esteve

Foto: Bigstock

Miércoles 1 de diciembre de 2021

ACTUALIZADO : Miércoles 1 de diciembre de 2021 a las 9:05 H

3 minutos

Las aseguradoras no permiten cobrar el importe si no se hace el pago del Impuesto de Sucesiones

¿Hay que pagar el impuesto de sucesiones antes de cobrar el seguro de vida? (Foto Bigstock)
Toni Esteve

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Miércoles 1 de diciembre de 2021

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El seguro de vida es un contrato que firma un particular (tomador) con una aseguradora. Estamos hablando de un seguro que cubre los riesgos de fallecimiento, invalidez, o enfermedad, relacionados con la existencia, integridad y salud de las personas. Así pues, el tomador tiene que pagar a la aseguradora un determinado dinero periódicamente durante la vigencia del seguro. En caso de que se produzca alguna de las situaciones anteriormente mencionadas, como la muerte o bien alguna afectación, la aseguradora estará obligada a pagar un capital al tomador del seguro o bien a otra persona que él haya designado como beneficiaria.

 

¿Debo pagar el impuesto de sucesión antes de cobrar el seguro de vida? (Foto Bigstock) 2

 

Así que, centrándonos en el segundo caso, si somos el receptor de un seguro de vida de un tercero la pregunta que puede surgir es: ¿tengo que pagar algún impuesto por recibir ese dinero?  Y la respuesta es que sí. Al recibir una indemnización como beneficiario de una póliza de vida, esta se debe tributar por el impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD). Este impuesto se aplica a aquellos títulos, bienes, participaciones o dinero en efectivo que llega a manos de una persona sin esta tener que aportar nada a cambio, es decir, recibir dinero de manera gratuita.

Impuesto directo y personal

El capital que se recibe del seguro de vida es un ejemplo de este impuesto, por lo que tiene que tributar en forma de impuesto de sucesión. Tanto si se trata de una póliza que se cobra en forma de rentas, como de una que se recibe con dinero al contado, ambas tienen que tributar con este impuesto. Cabe destacar que, las aseguradoras no permiten cobrar el importe si no se hace el pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.  Se trata de un impuesto directo y personal por lo que la persona que recibe la donación de vida está obligada a pagarlo. Se dispone se un plazo de hasta seis meses para pagar dicho impuesto desde que se produce el fallecimiento de la persona que ha contratado el seguro. Ahora bien, la cantidad a abonar es facultad de las distintas Comunidades Autónomas, así que, depende de ellas determinar el tanto por ciento que retienen. En este calculo también entra en juego el grado de parentesco de la persona fallecida.

A resumidas cuentas se trata de un tributo cedido a las Comunidades Autónomas, en el que hay que destacar que algunas han establecido beneficios fiscales que reducen el importe efectivo de este gravamen en algunos casos de hasta en un 99%. Por ello, la tributación final del dinero adquirido dependerá de la residencia fiscal de donde se haya contratado el seguro de vida.

Sobre el autor:

Toni Esteve

Toni Esteve es redactor especializado en temas de economía y consumo.

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