Toni Esteve
Economía
¿Qué diferencias hay entre el ingreso mínimo vital y la renta básica universal?
El incremento de la desigualdad y el avance tecnológico obligan a reforzar el bienestar social
La crisis económica causada por la pandemia del coronavirus ha acrecentado las desigualdades entre los ciudadanos y ha dejado a muchos en una situación de vulnerabilidad que amenaza con cronificarse. Este escenario ha impulsado en España el debate político sobre dos posibles estrategias para hacer frente al deterioro del estado del bienestar: la Renta Básica Universal (RBU) y el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Por el momento, la que tiene visos de aplicarse en breve es la segunda, que ya tiene el visto bueno del Gobierno y podría ponerse en práctica a partir del mes de junio.
¿Qué diferencia la RBU del IMV?
La Renta Básica Universal es una prestación incondicional a la que tendrían derecho todos los ciudadanos por el hecho de serlo. En palabras de J. Ignacio Conde-Ruiz, de la Fundación de Estudios de Economía Aplicada (FEDEA), la RBU “es individual porque todas las personas, independientemente de la edad u hogar en el que conviven, tienen derecho a percibirla. Y es incondicional, pues no depende de los ingresos que se tienen o de si se trabaja o no. Esta renta incondicional y universal garantizaría a las personas, sin ningún tipo de estigma social –porque la percibiría toda la población–, tener cubiertas todas las necesidades básicas y, por lo tanto, la libertad para poder desarrollarse plenamente como seres humanos”.
En cambio, el Ingreso Mínimo Vital aprobado por el Gobierno en el mes de abril, y que pretende poner en marcha a finales de este mes de mayo, es una prestación pensada solo para personas en situación de vulnerabilidad, especialmente aquellas que se han visto afectadas económicamente por la crisis del Coronavirus. Es decir, que no es universal (para todos) y es necesario acreditar una situación de ingresos insuficientes para vivir y no haberse podido acoger a cualquier otra ayuda aprobada por el Gobierno para hacer frente a la crisis. Así, podrán solicitar esta renta de ingreso mínimo vital aquellos ciudadanos que vivan solos y sus ingresos mensuales sean inferiores a 200 euros (el beneficiario puede estar trabajando, pero cobrando menos de esa cantidad). En el supuesto de que conviva con otra persona, deberá acreditar que la renta conjunta del hogar está por debajo de los 450 euros mensuales.
Otra diferencia básica entre la RBU y el IMV es que con la primera se pretende fijar un importe que permita a quien la recibe no tener que trabajar (opción personal). En cambio, el IMV, al tratarse de una mínima cantidad, obligaría a quien lo perciba a complementar sus ingresos trabajando.
En el momento de redactar este artículo, el Gobierno no ha hecho público todavía el paquete entero de medidas que aplicarán al IMV, ni la cantidad definitiva a percibir o los canales para tramitar su solicitud. Con todo, la propuesta inicial estaría entre los 450 euros y los 500 euros, según distintas fuentes. En los casos de familias con dos adultos sin ingresos y dos hijos a cargo, la cantidad rondaría los 1.000 euros. Podrán solicitar el IMV las personas residentes en España que tengan entre 23 y 65 años de edad.
Precedentes
En el caso de la RBU, se ha hablado mucho del experimento de Finlandia (un país de referencia cuando se habla de “Estado del bienestar”) que después de ponerla a prueba durante dos años la descartó. Pero lo cierto es que la renta básica también se ha puesto a prueba en otros países, como por ejemplo Estados Unidos, donde está en marcha un programa piloto en Nueva York que proporciona a los ciudadanos un nivel de ingresos garantizado. Y hablando de Estados Unidos, también hay que recordar la famosa ayuda de 1.200 dólares que la administración Trump va a conceder a los norteamericanos mientras dure la crisis.