Se trata de una situación que siempre ha existido y que puede ocurrir, pero que, en el último año y medio, consecuencia de la COVID-19, ha aumentado notablemente. Vives de alquiler y, de repente, te enteras de que tu casero ha fallecido. Y en ese momento, saltan todas las alarmas y, sobre todo, muchas dudas. ¿Qué pasa ahora con el contrato del alquiler? ¿sigo pagando normalmente las mensualidades? ¿y si me llama un heredero para reclamar la vivienda o para cambiar las condiciones del alquiler?
Para saber si el contrato de alquiler sigue en vigor o se extingue tras la muerte del arrendador, es esencial conocer si era pleno propietario o bien, si era usufructuario del inmueble.
El casero era el propietario de la vivienda
Con independencia de quien herede la vivienda, si nuestro casero era su propietario, el contrato de alquiler seguirá vigente en los mismos términos y con las mismas condiciones pactadas. Solo se extinguirá una vez que venza el plazo establecido en el contrato.
Aunque se dé la situación de que tras la muerte del arrendador uno de sus sucesores reciba el usufructo de la vivienda y otros la propiedad, el contrato seguirá en vigor tal y como ser firmo. Lo único que, en este caso, esa persona que recibe el usufructo es quien se convertirá en el nuevo casero.
El casero era usufructuario de la vivienda
Ahora bien, si nuestro casero no era propietario de la vivienda, sino usufructuario, las cosas cambian. Según el artículo 513 del Código Civil, el usufructo se extingue por la muerte del usufructuario. El artículo 13.2 de la Ley de Arrendamientos Urbanos establece que los arrendamientos otorgados por usufructuario acabarán al término del derecho del arrendador. En otras palabras, si nuestro casero era usufructuario de la vivienda, pero no propietario, el contrato de alquiler queda finalizado.
Antes de firmar un alquiler, mejor saber quien es el propietario
La situación es tan diferente en uno u otro caso, que conviene ser conscientes de si nuestro casero es o no el propietario de la vivienda.
Cuando alquilamos una vivienda, no es muy habitual comprobar la titularidad del inmueble, no es normal pensar en que esta situación (la muerte del casero) puede sobrevenir. Sin embargo, de ocurrir, puede ser fuente de conflictos. Por ello, es recomendable solicitar al registro de la Propiedad una nota simple de la vivienda. Las notas simples pueden ser solicitadas por cualquier persona sin necesidad de que intervenga abogado para ello.
Además, en el contrato, generalmente, aparece esta información, en el encabezamiento del contrato de arrendamiento, donde se incluyen los datos de identificación de ambas partes y el carácter con el que actúan en dicho contrato.
Sobre el autor:
Beatriz Torija
Beatriz Torija es periodista y documentalista, especializada en información económica. Lleva 20 años contando la actualidad de la economía y los mercados financieros a través de la radio, la televisión y la prensa escrita. Además, cocina y fotografía.