En menos de 24 horas, arranca la Campaña del IRPF 2022-2023, la Campaña de la Renta y Patrimonio que se corresponde con los ingresos obtenidos en 2022 y que se prolongará hasta el 30 de junio. Desde este mismo martes, ya se podrá presentar la declaración por Internet, de acuerdo con el calendario del contribuyente de la Agencia Tributaria. Más adelante llegará el turno del IRPF por teléfono (5 de mayo) y presencial, en las oficinas de Hacienda (1 de junio). Los datos fiscales, para agilizar las gestiones, ya se pueden descargar, desde hace días.
Este año, la Declaración no cuenta con demasiadas novedades más allá de un nuevo recorte a las aportaciones individuales a planes de pensiones privados con derecho a deducción; las criptomonedas, que por primera vez aparecen recogidas en el modelo de declaración; algunos pequeños cambios relativos a actividades económicas y; sobre todo, habrá que tener en cuenta los cambios en las escalas del impuesto que han aplicado algunas comunidades autónomas con efectos retroactivos para 2022, para paliar los efectos de la inflación.
Nuevo recorte en los planes de pensiones
En el IRPF de este año, volvemos a toparnos con otro recorte, que se suma al hachazo de la campaña de la renta anterior. La aportación individual máxima a los planes de pensiones privados con derecho a deducción en el IRPF pasa a 1.500 euros anuales, desde los 2.000 anteriores. Por el contrario, las aportaciones máximas a los planes de empresa con derecho a deducción suben a los 8.500 euros para 2022. Entre ambas, la aportación total con beneficios fiscales se mantiene en 10.000 euros anuales.
Comunidades que han deflactado el IPC
El Ministerio de Hacienda ha decidido no deflactar la tarifa del IRPF con el extraordinario avance de los precios de 2022. Ante la negativa del Gobierno, algunas regiones han decidido dar un paso y aplicar esta medida de alivio de los efectos de la crisis. La Comunidad de Madrid, Andalucía, País Vasco, Galicia, Comunidad Valenciana y Región de Murcia han decidido deflactar la inflación para aliviar la escalada de los precios a los contribuyentes.
En la Comunidad de Madrid el porcentaje sobre el que se aplicará será del 4,1%, sobre el dato de incremento del coste salarial ordinario del segundo trimestre de 2022 del INE. En Andalucía, por su parte, se incrementan los primeros tramos de tributación del IRPF en un 4,3%, los de rentas por debajo de 40.000 euros. La Hacienda foral del País Vasco deflactará un 5,5% los tramos del IRPF, que se suman al 1,5% que ya se aplicó el año pasado.Por su parte, Galicia ha aprobado una deflactación del 4,1% de los tramos del IRPF para todos los contribuyentes con rentas por debajo de 35.000 euros. También deflactará la tarifa del IRPF la Comunidad Valenciana a todas las rentas inferiores a 60.000 euros con un aumento del 10% de las deducciones y de la cuantía exenta de tributación. Murcia, incrementará un 4,1% la base liquidable de los primeros cuatro tramos del IRPF.
IPC no deflactado: fuente de desigualdad
De esta forma, nos encontramos con regiones que habrán deflactado los tramos de tributación y otras que no. No hacerlo genera lo que se denomina progresividad fiscal o rémora fiscal, un fenómeno económico que se da cuando ante la subida de precios y salarios (o pensiones), se mantienen intactos los tramos de IRPF, lo que supone una subida de impuestos en términos reales, dado que muchos contribuyentes verán como sube su tramo de IRPF sin que realmente hayan ganado poder adquisitivo, o incluso lo hayan perdido.
En términos reales se reducen los mínimos exentos y reducciones aplicadas para el cálculo de la base liquidable. Además, como hemos dicho, rompe la progresividad del IRPF, dado que empuja a un número de declarantes hacia tramos superiores de la tarifa, pese a que la renta real no ha variado. Para los economistas, supone una subida de impuestos encubierta en toda regla.
El hecho de que esta medida la hayan tomado unas comunidades y no otras, hará que este año, Hacienda seamos unos más que otros. En aquellas comunidades en las que no han adoptado esa medida, y por tanto no está deflactada la tarifa del IRPF con la inflación, sufrirán un pellizco importante en su factura fiscal.
Actividades económicas
Asimismo, en lo que se refiere a actividades económicas, esta campaña presenta un aumento de la reducción sobre el rendimiento neto de módulos (que pasa del 5% al 15%), una minoración del rendimiento neto de las actividades agrícolas y ganaderas (del 35% del precio de compra de gasóleo agrícola y 15% de fertilizantes) o una reducción del rendimiento de módulos del 20% para quienes desarrollen su actividad en la isla de La Palma, para aliviar los efectos de las erupciones volcánicas que sacudieron la isla.
Monedas virtuales, por primera vez en el IRPF
Ya no hay dudas acerca de cómo declarar las ganancias o pérdidas con bitcoins y otras criptomonedas. El nuevo modelo para la declaración de la Renta incluye una casilla específica donde los contribuyentes han de incluir las ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de las compras y ventas de monedas digitales. En concreto, las ganancias y pérdidas patrimoniales se han desglosado en tres apartados: uno, para declarar las derivadas de la transmisión de inmuebles y derechos reales sobre bienes inmuebles; otro para declarar las transmisiones o permutas de monedas virtuales o criptomonedas; y un tercer apartado de carácter residual para "Otros elementos patrimoniales".
Todo ello, según explica Hacienda, con la finalidad de facilitar la cumplimentación de estos apartados, ya que en modelos anteriores se debía cumplimentar un código para identificar el tipo de elemento patrimonial que se transmitía. Además, la separación en subapartados específicos, permite individualizar las casillas específicas de determinados elementos patrimoniales para el cálculo de la ganancia patrimonial.
Otras novedades e impuesto a los ricos
Puede que le suenen otros anuncios del Gobierno en materia fiscal. En efecto, los Presupuestos del Generales del Estado de 2023 contemplan la rebaja del IRPF para las rentas hasta 21.000 euros, el aumento del mínimo exento del impuesto hasta los 15.000 euros y el incremento del gravamen de las rentas del ahorro a partir de 200.000 euros. También el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas (ITSGF), conocido como impuesto a los ricos. Quienes tengan un patrimonio neto superior a 3 millones de euros tendrán que abonar anualmente el equivalente al 1,7% de su riqueza; o un 2,1% si el patrimonio está entre 5 y 10 millones; y un 3,5% si es superior. Téngalo en cuenta, pero no para esta campaña, sino para la declaración de la Renta referida a este ejercicio 2023, es decir, la que presentaremos el año que viene.
Para esa declaración de la renta, los pensionistas también tendrán que tener en cuenta otro elemento: la subida de las pensiones del 8,5% puede tener consecuencias fiscales. La revalorización de la pensión puede suponer un salto en el IRPF. En efecto, se pueden dar casos en los que con la subida un pensionista pase el umbral y se vea obligado a presentar la declaración o una subida del tramo que se coma parte de la pensión.
Al margen del IRPF, este año trae otras novedades fiscales. No afectan a los ciudadanos, pero sí a las empresas: el impuesto para bancos y compañías energéticas por los beneficios caídos del cielo; el modelo 592 del impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables; y el modelo 593 del impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos.
¿Rescató en 2022 su plan de pensiones?
Si el año pasado rescató su plan de pensiones, tendrá que tributar por él. Si el dinero se cobró en forma de capital y se recuperó el 100% de lo acumulado, prepárese para una factura bastante onerosa, puesto que tanto las cuotas ahorradas a lo largo de los años como la posible rentabilidad tributarán en un único pago. Al ser una cantidad elevada, el tramo también será elevado.
Siempre resulta más conveniente rescatar el plan de pensiones en forma de renta, al menos desde el punto de vista fiscal. En ese caso, el impacto será más progresivo.
Además, en las prestaciones derivadas de contingencias acaecidas a partir del 1 de enero de 2007, y aportaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2006, los beneficiarios podrán aplicar una reducción del 40% por las prestaciones percibidas en forma de capital. No obstante, hay unos plazos para recibir el capital. En 2022 se podrá reducir lo percibido en forma de capital si se jubiló en 2014, 2020, 2021 o en 2022.
Sobre el autor:
Beatriz Torija
Beatriz Torija es periodista y documentalista, especializada en información económica. Lleva 20 años contando la actualidad de la economía y los mercados financieros a través de la radio, la televisión y la prensa escrita. Además, cocina y fotografía.