Todos los trabajadores autónomos tienen que estar dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), y una de las obligaciones a las que tienen que hacer frente es el pago mensual de la cuota de autónomos.
La liquidación de dicha cuota se lleva a cabo a finales de cada mes a través de diferentes vías: de manera presencial en las administraciones de la Tesorería General de la Seguridad Social, domiciliando el pago en tu entidad financiera o a través de la página web de la Seguridad Social.
Además, tanto en el mes de alta como en el de baja como autónomo, el pago de la cuota será proporcional a los días de alta, sin que tener que hacer frente a la totalidad de la mensualidad.
Pagar la cuota da derecho a los autónomos a una serie de prestaciones sociales como la baja por enfermedad, accidente, jubilación y cese actividad.
— Ministerio Inclusión Seguridad Social Migraciones (@inclusiongob) September 26, 2024
Cotización por ingresos reales
Este 2024 entró en vigor el nuevo sistema de cotización en función de los ingresos reales, regulado por el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio. En líneas generales, esto significa que la cuota de los autónomos de los tramos inferiores se reduce un poco, se mantiene en los tramos medios y aumenta en los tramos superiores.
Las cuotas están definidas por las nuevas bases de cotización de 2024, que según el nuevo sistema se establecen en función de los ingresos reales del autónomo. Es decir, los autónomos pagarán la cuota que les corresponda en función del tramo en el que estén ubicados.
Este sistema de cotización establece 15 tramos de cotización que cada autónomo deberá elegir en función de los ingresos que prevea tener.
Las cuotas mensuales según el nuevo sistema es el siguiente:
2024: cuota mínima de 230,15 euros y máxima de 542,13 euros.
2025: cuota mínima de 200 euros y máxima de 590 euros.
La cuota se calcula aplicando un tipo de cotización del 31,3% a la base de cotización que elija entre la mínima y la máxima dentro de su tramo.
Seguridad Social
La tabla de cotización de este 2024 presenta modificaciones que reducen la carga para los autónomos ubicados en los tramos inferiores y aumenta en los superiores, como se explicaba anteriormente.
De esta manera, los ubicados en las zonas bajas (tramos del 1 al 3) este 2024 han visto su cuota mensual reducida entre un 2,1% y un 3,8%.
Para aquellos que se encuentran en los tramos 4,5 y 6, su cuota permanecerá igual.
Y por último, los que se encuentren en los tramos del 7 al 15, este 2024, han visto como su cuota mensual se ha incrementado entre un 2,5% y un 6%.
¿Cómo se calculan los ingresos reales de los autónomos?
Este nuevo sistema de cotización se basa en la cotización en función de los ingresos reales de cada trabajador, que también se conocen como rendimientos netos.
Para calcular estos ingresos, la Seguridad Social explica que se tienen en cuenta todos los rendimientos netos obtenidos de las distintas actividades que realice.
A esta cuantía hay que sumarle el importe de las cuotas que se abonan al organismo. El cálculo de los ingresos reales se realiza siguiendo la normativa sobre el IRPF.
Y por último, a estos rendimientos netos hay que aplicar una deducción por gastos genéricos del 7%, o del 3% para los socios mercantiles o laborales que hayan estado de alta como autónomos durante 90 días dicho año.
Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.