Economía familiar

Las ayudas que pueden solicitar los mayores de Logroño para contratar asistencia domiciliaria

María Bonillo

Foto: Bigstock

Sábado 19 de abril de 2025

3 minutos

Pueden alcanzar los 2.000 euros anuales

AESTE pide abordar la falta de profesionales en el sector de los cuidados (Big Stock)
María Bonillo

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Sábado 19 de abril de 2025

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Las personas mayores de Logroño que vivan en sus domicilios ya pueden solicitar las ayudas municipales para contratar asistencia domiciliaria, unas ayudas que el Ayuntamiento de la ciudad lanzó en 2024 y que en esta segunda edición cuentan con una cuantía total de 110.000 euros.

En concreto, estas ayudas municipales, que pueden alcanzar los 2.000 euros anuales, están dirigidas a personas mayores de 85 años que vivan en sus domicilios y necesiten cuidados profesionales no adscritos al sistema riojano de dependencia. También es necesario estar empadronado en la ciudad de Logroño y contar con una persona contratada para el cuidado, ya sea en jornada completa de 40 horas semanales como en jornadas que sumen 20 horas semanales. 

En cambio, no podrán solicitar estas ayudas aquellas personas que ya reciban servicios y prestaciones adscritos al Sistema Riojano de Dependencia, excepto de teleasistencia. Tampoco aquellas que tengan algún tipo de deuda pendiente con la Hacienda Municipal.

De esta forma, se busca "facilitar que las personas mayores puedan permanecer en su entorno natural y familiar, a la par que se favorece la contratación de personas cuidadoras en este ámbito", explican desde el Ayuntamiento en una nota. 

 

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Estas ayudas municipales podrán solicitarse hasta 15 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria por la Base Nacional de Subvenciones en el Boletín Oficial de La Rioja, cuyo texto íntegro se puede consultar en la página web del Ayuntamiento de Logroño.

La solicitud deberá presentarse, junto a la documentación requerida, en el Registro General del Ayuntamiento de Logroño, en el Registro Electrónico General del Ayuntamiento de Logroño o en el resto de lugares y medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cada solicitud se valorará a través de un sistema de puntos, teniendo en cuenta varios aspectos, como el tipo de jornada contratada con el profesional de atención a domicilio, la renta per cápita y la situación convivencial, es decir, si la persona vive sola o no.

Según explican, la concesión se resolverá "a través de un procedimiento de concurrencia competitiva y estará supeditada a la existencia de crédito disponible en cada momento". 

Sobre el autor:

María Bonillo

María Bonillo

María Bonillo es licenciada en Comunicación Audiovisual y Periodismo por la Universidad Carlos III de Madrid. Escribe principalmente sobre temas de sociedad. También tiene experiencia en comunicación corporativa de empresas como OmnicomPRGroup y Pentación Espectáculos.

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