Toni Esteve
Economía familiar
Cheques para el día de la compra de la vivienda: lo que el banco debe contarte sobre su comisión
Tu entidad no solo debe informarte de porcentajes, sino también de la cuantía exacta
Un cheque es un documento que emite una entidad bancaria y por medio del cual una persona paga a otra o a una empresa una cantidad de dinero. Entre particulares, el uso del cheque bancario como medio de pago ha quedado un poco en desuso, pero este método todavía sigue muy presente a la hora de liquidar transacciones financieras. Por ejemplo, es habitual que, al adquirir una vivienda, el comprador no dispongo de suficientes ahorros y deba utilizar la financiación concedida por una entidad bancaria, normalmente en forma de préstamo hipotecario. Y la disposición de la totalidad de los fondos (los ahorrados más los concedidos vía préstamo) suele realizarse por el cliente, el día de la compraventa del inmueble, mediante la emisión de un cheque bancario, o en ocasiones, a través de una transferencia urgente.
El Banco de España (@BancoDeEspana) ha establecido como un criterio de buenas prácticas que las entidades informen a los clientes de las comisiones y gastos asociados a esos cheques, “en el momento de facilitar la información precontractual de la operación principal (por ejemplo, si se trata de un préstamo hipotecario, en el momento de entrega de la FEIN)”. Además, se exige que la información dada lo sea “en términos no solo porcentuales, sino también con indicación de la cuantía exacta”.
Según el supervisor bancario, este criterio se hace asimismo extensible a los casos en que la disposición de los fondos de la operación de financiación se realice mediante transferencia. Así, junto a la información precontractual del producto principal donde figuran intereses y comisiones aplicables a la operación financiera, “deberá añadirse, desde el primer momento, una pieza de información específica (en papel, soporte duradero o electrónico) sobre el coste de emisión de los cheques bancarios que sea necesario emitir (o transferencias)”.
Escoger la mejor opción
El objetivo de estas buenas prácticas es que la clientela pueda conocer, desde el momento en que solicite información sobre la financiación, no solo el coste de ésta, sino también del correspondiente a la emisión de los cheques y/o transferencias, “lo que le permitirá comparar esos costes con los que pudieran ofrecer otras entidades, y así poder adoptar una decisión informada sobre la opción que sea más conveniente a sus intereses”.
Las entidades financieras pueden tener disponible toda esta información con antelación, puesto que, cuando un cliente se dirige a ellas con la idea de comprar una vivienda, desde un primer momento solicitan al interesado información y documentación destinada al estudio y aprobación del préstamo hipotecario, “de manera que son conocedoras -desde esa primera solicitud- del destino que vamos a dar a esos fondos, así como del modo en que realizaremos el pago a los terceros vendedores de la vivienda”, concluye el Banco de España.