La RAE define el testamento como la "declaración que de su última voluntad hace alguien, disponiendo de bienes y de asuntos que le atañen para después de su muerte". Una vez los herederos conocen qué parte de la herencia les corresponde, deben decidir si la aceptan o rechazan.
Para evitar renunciar a la herencia, desde Barredo Abogados han explicado en sus redes sociales qué puede incluir este documento. Se trata de la cláusula de libre disposición.
Tal y como explica el abogado en sus redes sociales, este recurso permite a los testadores incluir condiciones concretas que incentiven a los herederos a aceptar la herencia y garantizar que se cumplirá con su última voluntad.
Esta cláusula "aparece regulada legalmente y tienes que nombrar a un administrador de entre los herederos de un tercio de la herencia, que se podrá destinar a pagar impuestos o a posibles deudas", explica el abogado en el vídeo.
Cómo se divide el testamento
Como indica el abogado, nuestro Código Civil permite que en el testamento haya un tercio de libre disposición. Del mismo modo, siempre habrá unos herederos forzosos (hijos, padres o cónyuge). Estos son aquellos a los que les corresponde una parte de la herencia, independientemente de lo que recoja el testamento.
De esta manera, el testamento se divide en tres partes iguales: un tercio es la legítima, que se reparte entre los herederos forzosos, al igual que el tercio de mejoría, aunque en este caso podría salir más beneficiado un heredero que el resto.
Y por último está el tercio de libre disposición, que, como su propio nombre indica, es la parte de la herencia que el testador puede dejar a las personas que quiera o para lo que quiera, como por ejemplo, pagar impuesto o resolver deudas, como especificaba el abogado.
Sobre el autor:
Laura Moro
Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.