Economía familiar

Cómo beneficiarse del alquiler asequible para personas mayores

Alba L. Marín

Foto: Bigstock

Domingo 17 de noviembre de 2024

10 minutos

El Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025 contiene dos programas con ayudas específicas

Cómo beneficiarse del alquiler asequible para personas mayores
Alba L. Marín

Foto: Bigstock

Domingo 17 de noviembre de 2024

10 minutos

El Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025 tiene fijados objetivos a corto y medio plazo. De entre todo ellos, hay uno que afecta directamente a las personas mayores: el alquiler asequible para las personas mayores o con discapacidad.

Igualmente, el Plan pretende "contribuir a la mejora de la accesibilidad de las viviendas, impulsar la regeneración y renovación urbana y rural de zonas degradadas y ámbitos en los que todavía impera el chabolismo y la infravivienda y atender al pago de las ayudas de subsidiación de préstamos convenidos, regulados en anteriores planes estatales de vivienda".

El Plan consta de hasta 13 programas de ayudas para su desarrollo. De ellos, las personas mayores pueden ser beneficiarias de dos de ellos.

Programa de fomento de viviendas para personas mayores o con discapacidad

El que es específico del colectivo de mayores es el Programa 7: Programa de fomento de viviendas para personas mayores o personas con discapacidad. Pueden solicitar las ayudas las personas físicas, pero también empresas, organizaciones y asociaciones de diverso tipo.

Pareja revisando un contrato de alquiler. Fuente: Bigstock
Pareja revisando un contrato de alquiler. Fuente: Bigstock

 

Los requisitos para recibir las ayudas son relativos a límites de ingresos, que no pueden superar el valor del IPREM multiplicado por cinco (límite que podrá ser modificado por acuerdo en la Comisión de seguimiento MITMA/CCAA) y al destino del alquiler, durante 20 años como mínimo.

Tabla de la evolución del IPREM (2004-2024). Fuente: imprem.com.es
Tabla de la evolución del IPREM (2004-2024). Fuente: imprem.com.es

 

En cuanto al tipo de inmuebles, se trata de promociones de alojamientos o viviendas de nueva construcción o procedentes de la rehabilitación de edificios que se vayan a ceder en uso o destinar al arrendamiento con alquiler limitado. Con prestaciones adicionales para personas mayores y con discapacidad (asistencia social, atención médica básica disponible 24 horas, limpieza y mantenimiento, dispositivos y sistemas de seguridad, restauración, actividades sociales, deportivas, de ocio y culturales así como terapias preventivas y de rehabilitación).

La cuantía de las ayudas se correponde con un máximo de hasta 700€ el metro cuadrado útil/vivienda o alojamiento (con los límites de 50.000 €/alojamiento o vivienda y del 50% de inversión). Y el límite del alquiler mensual durante el primer año de vigencia es de 10€ el metro cuadrado útil/vivienda o alojamiento (con acutalizaciones del límite conforme al IPC en años posteriores).

Programa de mejora de la accesibilidad en y a las viviendas

Además, el Programa 11: Programa de mejora de la accesibilidad en y a las viviendas, también puede beneficiar a las personas mayores. No se trata de una ayuda específica a este colectivo, aunque hay menciones específicas para personas mayores de 65 años y con discapacidad. Por tanto, las personas mayores pueden verse beneficiadas siempre y cuando sean propietarias o usufructuarias del inmueble. De esta forma, pueden solicitar las ayudas propietarios individuales, comunidades de vecinos, edificios públicos y sociedades cooperativas, entre otros. 

El único requisito es que la vivienda se trate de una residencia habitual y permanente.

Persona calculando el precio de las ayudas. Fuente: Bigstock
Persona calculando el total de las ayudas. Fuente: Bigstock

 

Respecto a la cuantía de las ayudas, se corresponde con la siguiente clasificiación según el tipo de vivienda:

  • Viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila:
    • Hasta 12.500 €/vivienda (Adicionalmente 1.000€/vivienda si es Bien de Interés Cultural (BIC)).
    • Hasta 15.000 €/vivienda en caso de residente en el edificio con discapacidad.
    • Hasta 18.000 €/vivienda en caso de residente en el edificio con discapacidad severa.
  • Edificios de viviendas de tipología residencial colectiva:
    • Hasta 9.000 €/vivienda y 90 €m2 de superficie construida de local comercial (Adicionalmente 1.000€/vivienda si es BIC).
    • Hasta 15.000 €/vivienda en caso de residente en el edificio con discapacidad.
    • Hasta 18.000 €/vivienda en caso de residente en el edificio con discapacidad severa.
  • Viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva:
    • Hasta 6.000 €/vivienda (Adicionalmente 1.000€/vivienda si es BIC).
    • Hasta 15.000 €/vivienda en caso de residente en el edificio con discapacidad.
    • Hasta 18.000 €/vivienda en caso de residente en el edificio con discapacidad severa.

En todo caso: límite del 60% del coste de la actuación (hasta el 80% en caso de residente con discapacidad o mayor de 65 años).

¿Cómo se acredita la condición de vivienda habitual y permanente?

La vivienda arrendada o cedida deberá constituir la residencia habitual y permanente del arrendatario o cesionario, lo que deberá acreditarse mediante certificado o volante de empadronamiento en el que consten, a fecha de la solicitud, las personas que tienen su domicilio habitual y permanente en la vivienda objeto de arrendamiento o cesión. No es suficiente el contrato del servicio telefónico.

Además, el Gobierno establece que la vivienda deberá constituir el domicilio habitual y permanente de la persona beneficiaria durante todo el periodo por el que se conceda la ayuda.

El Plan de Vivienda en Alquiler Asequible (PVAA)

El Plan Estatal de acceso a la vivienda 2022-2025, donde se incluyen los programas de ayudas a los mayores ya mencionados, forma parte del Plan de Vivienda en Alquiler Asequible (PVAA). El objetivo del PVAA es habilitar más de 184.000 nuevas viviendas en alquiler social o a precios asequibles.

Para ello, se propone incrementar el parque público de viviendas destinadas al alquiler social o a precio asequible con altos estándares de eficiencia energética, mediante la promoción de viviendas de nueva construcción o la rehabilitación de edificios no destinados actualmente a vivienda sobre terrenos de titularidad pública.

El objetivo es facilitar el acceso y la permanencia en una vivienda en régimen de alquiler a sectores de población con escasos medios económicos.

Así, el PVAA se articula a través de siete iniciativas vinculadas al Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana (MIVAU), la Sareb y el Fondo Social de Viviendas en alquiler. En total se pretende que la Sareb movilice 50.000 viviendas, el Fondo Social de Viviendas 11.000 y el resto el Ministerio. 

El MIVAU alcanzará la cifra de 123.040 viviendas sociales de la mano del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - fondos europeos de recuperación NextGenerationEU, el Plan Estatal de Vivienda, la Entidad Pública Empresarial de Suelo (Sepes) y acuerdos con entidades locales.

Hasta el momento, las cifras actuales recogen los datos hasta julio de este año, quedando de la siguiente manera:

Vivienda asequible movilizada por el Gobierno a 31 de julio de 2024. Fuente: MIVAU
Vivienda asequible movilizada por el Gobierno a 31 de julio de 2024. Fuente: MIVAU

 

Como información adicional, la siguiente infografía realiza un resumen completo del PVAA hasta ahora:

Infografía de resumen del Plan de Vivienda en Alquiler Asequible. Fuente: MIVAU
Infografía de resumen del Plan de Vivienda en Alquiler Asequible. Fuente: MIVAU

 

Para conocer las ayudas concretas y planes específicos de vivienda de cada comunidad autónoma el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana tiene una página web donde consultarlo. Asimismo, ha elaborado una lista respondiendo a preguntas frecuentes sobre dudas generales de alquileres a la que se puede acceder pinchando aquí.

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Alba L. Marín

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