El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una ayuda que tiene como objetivo prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas.
Como ocurre con el resto de prestaciones, es necesario cumplir con una serie de requisitos para poder solicitarlo. En este caso, los que hay que cumplir con los siguientes: residencia en España, estar en situación de vulnerabilidad económica, haber solicitado las pensiones y prestaciones vigentes a las que se tenga derecho, que la unidad de convivencia esté formada desde hace año, estar inscrito como demandantes de empleo en el caso de personas mayores de edad o menores emancipados, que no estén trabajando y otros requisitos de circunstancias personales o de la unidad de convivencia.
La gran duda que puede surgirles a los perceptores de esta ayuda es qué ocurre si reciben una herencia que aumenta de manera repentina los ingresos que suelen tener. La respuesta está en el Real Decreto-ley 20/2020, que establece que la Seguridad Social podrá suspender el IMV en caso de que la herencia haga que los ingresos o patrimonio superen los límites permitidos.
Ahora bien, esto no significa que el IMV se haya perdido de manera definitiva, simplemente puede afectar a su percepción mientras se evalúa la nueva situación económica. Por eso es muy importante hacer caso a lo que recuerda la Seguridad Social en su página web:“Comunicar cualquier cambio o situación que pudiera dar lugar a la modificación, suspensión o extinción de la prestación, en el plazo de 30 días naturales desde que estos se produzcan”. Es decir, hay que justificar el aumento de los ingresos para que el organismo sepa de donde provienen.
En caso de que no se informen, la Seguridad Social podrá suspender de manera temporal la ayuda, y en caso de que no se pueda justificar su origen, se podrá incluso perderla definitivamente.
Cómo lo puedes notificar
Para notificar la herencia, lo que hay que hacer es preparar toda la documentación necesaria que justifique la recepción de la herencia. En este sentido, los documentos que vas a necesitar son el certificado de herencia, de defunción, el testamento y el inventario de bienes.
Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.