Cuando una persona fallece, una de las gestiones que tienen que hacer los herederos es iniciar los trámites para recibir el dinero que les corresponde. Para conseguirlo, es obvio que deben comunicarse con la entidad o entidades bancarias donde el fallecido tuviera su cuenta.
Desde el blog de Caja Rural explican que este procedimiento es gratuita para los herederos, y puede facilitarles una copia. de todos los contratos a nombre del fallecido, así como sus movimientos realizados después de la fecha de su muerte y desde un año antes de la misma.
Esto es posible porque para poder realizar la declaración del IRPF adecuadamente, la Agencia Tributaria considera que es una información que los herederos deben tener. Lo que no es gratis es la información anterior a esos años.
A continuación, resolvemos algunas de las grandes dudas que pueden surgir sobre este tema.
¿Cómo se entera el banco del fallecimiento?
Son los propios herederos los que tienen que comunicarlo a la entidad bancaria donde se encuentren las cuentas. Para ellos habrá que entregar el certificado de defunción, la declaración de últimas voluntades o una copia del testamento debidamente autorizada.
¿Cuándo se puede retirar el dinero del banco de una herencia?
Una vez que se ha comunicado al banco el fallecimiento, y este lo ha comprado, lo que hay que hacer es pedir la retirada de dinero de la cuenta del fallecido. Eso sí, hay que seguir unos trámites.
Lo primero que hay que hacer es presentar la documentación que nos pida la entidad para comprobar que efectivamente la persona ha fallecido. Esto suele hacerse entre 15 días y un mes después del fallecimiento.
Una vez se ha comprobado todo, la entidad tiene un mes para firmar la "liquidación y cancelación de cuentas corrientes y cualquier otro activo financiero a nombre de la persona fallecida, como puede ser un plan de pensiones", explican en el blog de Caja Rural.
También habrá que especificar el método de pago gratuito para efectuar el traspaso de dinero. O si quieren mantenerlos, solo habrá que realizar un cambio de titularidad.
¿Qué hay que presentar en el banco para cobrar una herencia?
La solicitud para cobrar la herencia hay que presentarla formalmente a la entidad financiera que corresponda. Para ello, tal y como explican desde Caja Rural, no hay un modelo estándar, sino que se trata de dejar reflejado en un documento lo siguiente: datos de identificación, la cuenta bancaria del fallecido y la oficina bancaria a la que iría dirigido el dinero, además de solicitar la puesta a disposición de los herederos de las cuentas bancarias.
Documentación exigida
El banco exige a los herederos presentar la siguiente documentación:
Certificado de defunción
Declaración de últimas voluntades
Copia autorizada del testamento
Acta notarial de la declaración de herederos
Libro de familia y certificado de nacimiento de los herederos, en caso de que no tengamos todavía el acta notarial anterior.
Declaración privada de bienes o escritura de aceptación de herencia.
Liquidación del Impuesto de Sucesiones y la carta de pago.
Documento identificativo de los herederos, que puede ser DNI o NIE.
¿Cuánto tarda el banco en repartir el dinero heredado?
No existe un plazo estipulado para ello, aunque si todo va bien, y no hay ningún inconveniente, los herederos suelen recibir el dinero en un mes desde que se acepta y se comprueba la documentación.
Sobre el autor:
Laura Moro
Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.