Economía familiar

Cómo se solicita la baja laboral de los trabajadores desplazados

Laura Moro

Foto: Bigstock

Martes 11 de junio de 2024

5 minutos

Los afectados deberá comunicar esta situación en un plazo determinado

Cómo se solicita la baja laboral de los trabajadores desplazados
Laura Moro

Foto: Bigstock

Martes 11 de junio de 2024

5 minutos

La baja laboral o incapacidad temporal es una prestación económica que se concede al trabajar cuando no puede seguir realizando sus funciones habituales por una causa justificada. Para poder beneficiarse de esta ayuda hay que cumplir con una serie de condiciones, que en este caso concreto son estar dado de alta en la Seguridad Social, haber cotizado 180 días en los últimos cinco años si la baja es por enfermedad común y contar con el certificado médico que explique el motivo de la baja, así como los partes de confirmación de baja. 

Si se cumplen las condiciones mencionadas, se podrá acceder a uno de los dos tipos de bajas existentes, que dependen del motivo por el que se soliciten. De esta manera, nos encontramos con bajas por contingencias profesionales, que son aquellas causadas por el desarrollo de la actividad profesional (se dividen a su vez en enfermedad laboral o accidente de trabajo).

Y, por otro lado, están las bajas por contingencias comunes, es decir, aquellas que se producen por causas no relacionadas con el trabajo que se lleva a cabo. 

Lo primero que deben saber los trabajadores que se encuentren en esta situación, es que no están obligados a presentar a su empresa los partes de baja, alta o confirmación de su incapacidad temporal, ya que la empresa se los puede descargar. 

Cómo se solicita la baja laboral de un trabajador desplazado

Los trabajadores que se encuentren realizando su actividad laboral en un país perteneciente a la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo (Noruega, Islandia y Liechtenstein), Suiza o Reino Unido, el trabajador deberá acudir al médico u hospital del país en el que se encuentre para que emita un certificado médico legible donde figure el diagnóstico y la duración prevista, y que, por tanto, acredite la situación de incapacidad temporal.

Tal y como explica la revista de la Seguridad Social, en los países donde se aplican los Reglamentos Comunitarios no será necesario la legalización ni la traducción de los documentos. Ahora bien, en caso de que existan "dudas razonables sobre su veracidad, el INSS puede solicitar su verificación". Por otro lado, el interesado podrá optar de manera voluntaria por su legalización vía diplomática o apostilla del Convenio de la Haya.

Una vez el trabajador disponga de este certificado médico, tendrá tres días para enviarlo a la dirección provincial del INSS en la que figure en alta (esto depende según el Código Cuenta de Cotización de su empresa). Junto a este documento, el trabajador deberá enviar sus datos personales completos, y enviarlo por varias vías:  vías: Sede Electrónica, plataforma sin certificado digital (en ambos casos haciendo constar en las observaciones que solicita el reconocimiento de una baja médica) o correo postal.

Por correo electrónico no se puede hacer, a no ser que el trabajador, debido a causas justificadas, no pueda remitir directamente la documentación, y entonces la empresa pueda hacerlo en su nombre.

Así puedes solicitar la baja laboral si tienes un accidente en el extranjero

Si se cumplen todos los requisitos, el INSS comunicará la baja médica a la empresa a través del Fichero INSS Empresas (FIE) y el servicio FIER para las empresas que utilicen el Sistema Red directo.

Para mantener la baja médica, el trabajador deberá remitir a la Seguridad Social los partes de confirmación o informes médicos necesarios, ya que en caso de no hacerlo, se podrá suspender la prestación.

Cuando pase un año, el organismo, a través de su inspección médica, podrá emitir el alta o una nueva baja producida en los 180 días naturales posteriores al alta médica.

Y en caso de que el trabajador reciba "el alta deberá comunicar al INSS, en el plazo de 3 días, el parte de alta o el certificado de incorporación a su puesto de trabajo", explica la revista de la Seguridad Social.

Países con los que España tiene suscrito un convenio bilateral de Seguridad Social

Los países con Convenio Bilateral son: Andorra, Australia, Chile, Ecuador, Filipinas, Marruecos, Paraguay, Perú, República Dominicana, Rusia, Túnez, Ucrania y Venezuela.

En estos países, el certificado médico tampoco será necesario legalizarlo, exceptuando Australia, que sí que se exige la apostilla del Convenio de La Haya para su validez.

Certificados emitidos por países con los que España no tiene suscrito un convenio bilateral de Seguridad Social

O en países con los que sí existe convenio, pero no está incluida la prestación por incapacidad temporal, será necesario que el certificado médico figure legalizado por el Consulado/Embajada español.

Además, también se podrá admitir la "documentación que contenga el sello de apostilla del Convenio de La Haya, si el Estado que ha emitido el certificado ha suscrito dicho Convenio. El interesado deberá presentar la documentación, además de legalizada, debidamente traducida".

Sobre el autor:

LauraMoro

Laura Moro

Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.

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