Con el incremento de tipos de interés del Banco Central Europeo para contener la inflación, muchos compradores buscan alternativas a las hipotecas a la hora de adquirir una casa. Aunque no es la opción más común, la compra de una casa sin hipoteca y sin recurrir a un banco, representa aproximadamente el 25% de las transacciones de este tipo en nuestro país, según datos del Instituto Nacional de Estadística. Las opciones son múltiples, desde pagar al contado, a plazos u optar a un alquiler con opción de compra.
Pero es obvio que optar por estas opciones no siempre es sencillo. Los compradores que recurren a la compra de una casa sin hipoteca suelen ser inversores, personas con ahorros suficientes, que han recibido una herencia o han vendido una casa con anterioridad, según explican desde el portal inmobiliario Fotocasa. También existe la posibilidad de que la vivienda sea lo suficientemente económica como para pagarla al contado, recibir financiación familiar o que se acuerde un pago aplazado.
Comprar una casa al contado
Comprar una casa al contado supone que la persona interesada dispone del dinero que se pide por la vivienda. Se trata de una forma de compra que, según los expertos, presenta ciertas ventajas frente a la financiación ya que solo se paga el valor de la vivienda. Mientras, los préstamos e hipotecas conllevan una serie de gastos asociados: apertura de hipoteca, intereses, productos vinculados…
Al no haber mediación bancaria, tampoco hay participación de los demás pasos intermedios, como gestión y gastos de notarios, gestoría y tasación, según señalan desde Fotocasa.También supone un considerable ahorro de tiempo de espera al no depender de las entidades bancarias, que suelen demorarse meses en conceder la hipoteca.
Con financiación familiar
La financiación también puede venir de un familiar o una persona cercana, quien decide adelantar el dinero del comprador para evitar los intereses de otros préstamos. Esta opción es posible, pero según los expertos es importante analizar su tratamiento fiscal, sobre todo si el importe no se va a devolver.
En ese caso se trataría de unadonación y habría que pagar los impuestos correspondientes. No obstante, los familiares también pueden exigir ese dinero de vuelta y se produciría un préstamo entre familiares. En ese caso, se debe formalizar el acuerdo a través de un contrato para fijar las condiciones.
Compraventa con pago aplazado
Es una de las alternativas a la hipoteca, aunque no es muy habitual. Se trata de una posibilidad que supone que el vendedor entrega la vivienda al comprador por un precio determinado que éste irá pagando a plazos. Es decir, el comprador puede desembolsar el importe de la casa en diversos plazos y llevar a cabo la compra sin necesidad de financiación bancaria y sin contar con todo el dinero para pagar en un único plazo. En estos casos, ambas partes deben abonar los impuestos correspondientes: el comprador deberá abonar el ITP y el vendedor deberá asumir la plusvalía y el IRPF.
Este tipo de compraventas suelen formalizarse en un documento privado y posteriormente se otorga una escritura pública al tiempo que se liquida la totalidad del precio. Pero, según el portal Idealista esta fórmula ofrece pocas garantías al comprador, ya que, si el contrato no se ha elevado a escritura pública, es posible que se venda la casa a un tercero o que sea embargada si el vendedor tiene deudas con la administración (Hacienda o con la Seguridad Social) o con otros acreedores particulares. Por aconsejan que la operación se realice directamente ante notario y posteriormente se inscriba en el Registro de la Propiedada favor del comprador.
Alquiler con opción a compra
Ésta es otra de las opciones para quienes no pueden adquirir una vivienda optan por el alquiler hasta ahorrar el dinero suficiente. Sin embargo, este puede ser un paso intermedio si se firma un alquiler con opción a compra. Se trata de una opción recurrente para adquirir una vivienda en propiedad hasta que se consigue el el capital necesario.
El inquilino paga una renta de arrendamiento mensual, como en un alquiler habitual, pero pasado un tiempo, que se fija previamente entre arrendador y arrendatario, el inquilino tiene derecho a comprar la vivienda. Esta opción permite al inquilino ahorrar dinero e ir avanzando el pago de la compra porque se descontará del precio fijado en el contrato el total de las mensualidades pagadas o parte de ellas durante el contrato del alquiler.
Sobre el autor:
Marta Jurado
Marta Jurado es periodista especializada en Sociedad, Economía, Cultura, Política y redactora en el diario digital 65Ymás desde sus inicios. Licenciada en Periodismo por la Universidad Carlos III y en Filología Inglesa por la UNED, ha trabajado en medios de tirada nacional como El Mundo y Público y las revistas Cambio16 y Energía16. Tiene además experiencia en comunicación corporativa de empresas e instituciones como BBVA o INJUVE.