Existen legados inmateriales que recibidos todos nosotros. Las letras de las canciones de Pau Donés; el sonido del saxo de Pedro Iturralde; “¡Alcalde!: todos somos contingentes, pero tú eres necesario” y otras frases legendarias en las películas de José Luis Cuerda; el legado andalusí que nos dejaron los musulmanes en España; Incluso el legado genético de los neandertales que todos llevamos en nuestros genes. Y luego está el legado que la RAE define como “Disposición legalmente formalizada que de un bien o de una parte del conjunto de sus bienes hace el testador favor de alguien y que debe ser respetada por el heredero o herederos”.
Una definición que nos lleva al terreno jurídico y que ya anticipa que legado y herencia, legatario y heredero, son cosas diferentes.
Qué es el legado y qué es la herencia
La herencia es la totalidad de bienes, derechos y obligaciones de una persona, que no se extinguen por su muerte. Cuando fallece una persona, se inicia el proceso de liquidación de la herencia, haya o no testamento. Y comporta todos los bienes que dejó el fallecido, pero también sus deudas. Es decir, tanto el activo como el pasivo.
Un buen ejemplo de esto lo tenemos con la vivienda. Los hijos, por poner un ejemplo, heredan la casa de sus padres cuando fallecen, pero también su hipoteca, en el caso de no hubieran terminado de pagar la vivienda. La deuda con la entidad financiera es heredada por los hijos. “Una herencia es una sucesión en la que se funden patrimonios, el del fallecido y el del heredero”, explican desde Arriaga Asociados.
Por su parte, el legado es una disposición mediante la cual el testador deja un bien o derecho concreto a una o varias personas determinadas.
Es posible que un testador quiera atribuir a una o varias personas un bien concreto, ya sea un inmueble, una joya, un coche, el dinero que exista en una cuenta, o cualquier otra cosa, como un par de Manolos. Lo que hace el testador es legar ese bien específico a quien quiera, sea o no heredero legal.
Las 7 diferencias entre legado y herencia
Básicamente, la herencia corresponde a todo el patrimonio del fallecido, y se produce con o sin testamento tras el fallecimiento. El legado corresponde solo a bienes o derechos concretos, elegidos a voluntad por el fallecido en el testamento. Pero, buscamos las 7 diferencias:
1. La herencia siempre existe, el legado no
Tras la muerte de una persona, la herencia se produce forzosamente. Es decir, “en el caso de que no exista testamento, se aplicara la ley para indicar a los herederos”, explican desde Rich & Asociados abogados y consultores. “El legado únicamente se produce por la voluntad del testador”, añaden.
2. El testamento
Sin testamento, no puede haber legado de ninguna de las maneras. Mientras que herencia habrá siempre, con o sin testamento.
A través del testamento, una persona puede dejar sus bienes a herederos y también a legatarios. Cuando hay testamento, hablaremos de herencia testada, en la que los testadores manifiestan su última voluntad, y pueden repartir sus bienes, siempre y cuando respeten las legítimas. En ningún caso, existirán legados en una sucesión intestada.
3. Deudas y obligaciones
En una herencia, como ya hemos indicado, el heredero sucede al difunto en la titularidad de sus bienes, pero también de sus deudas, y adquiere todos los derechos y obligaciones que no se extinguen con la muerte del individuo. Sin embargo, en un legado, el legatario adquiere bienes concretos, pero sin responder del pasivo de la herencia. El legado, por tanto, no comporta obligaciones.
4. La voluntad, manda
“El legado sólo se produce por voluntad del testador” explican desde Arriaga Asociados. El heredero puede serlo por voluntad del fallecido o por ley, “mientras el legatario solo procederá de la voluntad establecida en el testamento”, explican desde Rich & Asociados abogados y consultores.
5. Aceptación previa
Los herederos, para recibir los bienes hereditarios, tienen que aceptar la herencia, a la que también pueden renunciar. Por su parte, “el legado se adquiere sin previa aceptación” aclara Arriaga Asociados. Es decir, los legatarios adquieren el legado sin necesidad de aceptarlo, aunque posteriormente también podrán rechazarlo.
6. Información
Los herederos o el albacea son los encargados de entregar el legado a su dueño. Es decir, el legatario no cuenta con el mismo derecho de información que tienen los herederos. Son los herederos, o el albacea cuando existe esa figura, quienes deben proporcionar esa información al legatario.
Cuando se trata de dinero, las entidades financieras, permitirán la disposición de los saldos al legatario una vez que reciban instrucciones específicas de los herederos o del albacea de la herencia.
7. Sin reparto
Los legados deben separarse de la herencia, ya que no pueden repartirse entre los herederos. Eso sí, el legado nunca podrá menoscabar la parte legítima de la herencia.