Economía familiar

¿Cuál es el límite de dinero que se puede sacar del cajero?

Stefano Traverso

Foto: BigStock

Viernes 26 de enero de 2024

2 minutos

Si superas cierta cantidad, Hacienda exige un justificante bancario

¿Cuál es el límite de dinero que se puede sacar del cajero?
Stefano Traverso

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Viernes 26 de enero de 2024

2 minutos

Retirar dinero en efectivo de un cajero es algo que muchas personas realizan cada cierto tiempo. Existen ciertas ocasiones que debes pagar algo que no se puede hacer con tarjeta, Bizum o transferencia, y debes recurrir al pago en efectivo.

En muchas ocasiones, la entidad bancaria nos pone un límite para sacar cierta cantidad de dinero del cajero. Siempre y cuando dispongamos de los fondos necesarios, podemos acercarnos a un cajero automático y retirar dinero con nuestra tarjeta bancaria.

Existen casos donde el cajero no te permite sacar la cifra que deseas, y eso se debe a que existen ciertas limitaciones al momento de retirar grandes cantidades en efectivo. Estas pueden ser impuestas por cada entidad bancaria o por la Agencia Tributaria.

El primer límite está fijado por la entidad bancaria. Si bien pueden variar dependiendo del banco, suelen estar alrededor de los 600 euros diarios. Este límite es pactado por el cliente y su banco al realizar el contrato, y se renueva cada día a partir de las 00:00h. Cabe destacar que este puede ser modificado en cualquier momento por el usuario.

 

¿Cuál es el límite de dinero que se puede sacar del cajero?

 

Esta limitación se realiza con el objetivo de impedir que se agote el dinero en días donde se realizan muchos retiros y para evitar llevar encima grandes cantidades de efectivo que puede terminar en robos o pérdidas.

Por otro lado, existe el límite que impone la Agencia Tributaria, que es un máximo de 3.000 euros al día, aunque a partir de 1.000 euros nuestro banco ya puede solicitarnos justificación e identificación del usuario en caso les resulte sospechoso.

En caso de querer retirar una cantidad superior a los 3.000 euros fijados por Hacienda, debemos acercarnos a nuestra entidad bancaria y justificar la razón de la operación. Posteriormente, el banco enviará dicha justificación a Hacienda y al Banco de España.

Sobre el autor:

Stefano Traverso

Stefano Traverso

Stefano Traverso es licenciado en Ciencias de la Comunicación en la USMP de Perú; con un máster en Marketing Digital & E-commerce en EAE Business School de Barcelona. Ha trabajado en diferentes medios de comunicación en Perú, especializándose en deporte, cultura y turismo.

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