Clara González
Economía familiar
Cuánto hay que pagar a Hacienda por heredar una casa entre varios hermanos
Cuando una persona hereda bienes debe enfrentarse a una serie de trámites legales y fiscales
Recibir una herencia trae consigo tanto beneficios económicos como responsabilidades legales. Cuando una persona hereda bienes, propiedades o dinero, debe enfrentarse a una serie de trámites legales y fiscales, desde la aceptación de la herencia hasta el pago de impuestos correspondientes.
Normalmente, una herencia es recibida por los familiares directos del fallecido o fallecida, siguiendo un orden de prioridad establecido por la ley o por el testamento del difunto.
Orden de prioridad para recibir la herencia
El orden de prioridad para recibir la herencia de un fallecido o fallecida pasa, en primer lugar, por el cónyugue o hijos. La herencia se divide entre ellos según las leyes específicas del país. Si los hijos del difunto o difunta han fallecido previamente, los nietos pueden ser los siguientes en recibir la herencia.
En ausencia de cónyuge, hijos o nietos, los padres del fallecido o fallecida pueden ser los siguientes en la línea de sucesión. Si estos también han fallecido, entran en jugeo los hermanos y hermanas.
Y, si no hay familiares directos como los anteriores, otros parientes más lejanos como tíos, primos o sobrinos pueden ser considerados herederos. En casos donde no se encuentran herederos legales, esta puede pasar al Estado.
Impuestos al heredar una casa entre hermanos
Ahora bien, cuando son los hijos o hijas los que reciben la herencia, estos también deben pagar una serie de impuestos. Por ello, en el caso de heredar una vivienda entre diferentes hermanos o hermanas, estos deben hacer frente a los costes de:
- Impuesto de sucesiones: se trata de una cuantía que deben pagar las personas que reciben una herencia. Se aplica sobre el valor de los bienes y derechos heredados y varía según la legislación de cada país o región. Con respecto a la Comunidad de Madrid, por ejemplo, «para devengos producidos a partir del 1 de enero de 2022, el valor de las viviendas colectivas, plazas de garaje, trasteros, unifamiliares adosadas, unifamiliares aisladas y fincas rústicas, será el valor de referencia previsto en la normativa reguladora del catastro inmobiliario», explican en su página web.
A raíz de este impuesto, son muchas las personas que rechazan la herencia por no poder hacer frente a su pago. Así y todo, si tal es tu caso, puedes afrontar el coste del impuesto de tres maneras: usando el dinero de la propia herencia, fraccionando el pago o pidiendo un préstamo.
Al tratarse de una herencia recibida por varios hermanos o hermanas, cada uno o una deberá pagar el impuesto en función de la parte que le corresponda de la casa, en un plazo de 6 meses desde el fallecimiento. Si esta persona optase, como mencionamos anteriormente, por el aplazamiento o fraccionamiento del pago, este plazo aumentaría hasta un año.
- Plusvalía municipal: es el «impuesto municipal sobre el incremento (plusvalía) del valor de los terrenos de naturaleza urbana. Se ponen de manifiesto con ocasión de cualquier transmisión realizada de los mismos o de la constitución o transmisión de derechos reales limitativos del dominio sobre dichos terrenos», expone el Portal del Contribuyente del Ayuntamiento de Madrid.
Para gravar el incremento del valor de los terrenos, se siguen las normas reguladores del Catastro Inmobiliario.
El plazo para pagar este impuesto, en el caso de transmisiones mortis causa, es de 6 meses desde la fecha de fallecimiento, «prorrogable hasta un año a solicitud del sujeto pasivo», argumentan desde el Portal.