Economía familiar

Derechos y obligaciones que tienen los padrastros o madrastras con los hijos de su pareja

María Bonillo

Foto: Bigstock

Viernes 11 de agosto de 2023

5 minutos

Los hijastros son considerados parientes de primer grado por afinidad

Derechos y obligaciones que tienen los padrastros o madrastras con los hijos de su pareja. Foto: Bigstock
María Bonillo

Foto: Bigstock

Viernes 11 de agosto de 2023

5 minutos

Hoy en día, rehacer una vida tras una separación es muy habitual, incluso entre personas que ya tienen hijos. Así, la figura de los hijastros, madrastras y padrastros es cada vez más común. En este sentido, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha recopilado algunas de las dudas más habituales en relación con los derechos y obligaciones que tienen con respecto a las herencias, las pensiones o los permisos laborales, entre otros aspectos legales. 

Lo primero que hay que tener claro es que los hijastros son considerados parientes de primer grado por afinidad, por lo que generan determinados derechos u obligaciones, entre los que destacan los siguientes. 

Las renuncias a herencias se disparan: un 15% de los herederos rechazan la sucesión por las deudas. Foto: Europa Press

Sustento económico

Sustentar económicamente a los hijos es responsabilidad de los padres, aunque, los padrastros y madrastras suelen contribuir voluntariamente a ello, señalan desde la OCU (@consumidores). Solo podría llegar a ser una obligación dependiendo del régimen económico matrimonial que tengan. 

Así, si la nueva pareja está casada en régimen de gananciales y el padre o la madre de los niños está pagando a su ex una pensión de alimentos para ellos, la pareja debería contribuir a ese sustento si la otra parte se ve incapaz de hacerlo, en el caso de un despido, por ejemplo. 

Herencia y donaciones

En el caso de que deses que tus hijastros reciban parte de tus bienes, recuerda que sin testamento no podrán recibir nada tuyo, ya que no forman parte de los herederos forzosos. 

Si, por el contrario, decides hacerles donaciones en vida, podrás hacerlo, siempre respetando los derechos de los herederos forzosos que haya para no disminuir sus legítimas. 

En este caso, deberán pagar también el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, y en una cantidad mayor al ser parientes lejanos (los hijastros pertenecen al grupo III, por lo que solo pagan algo menos que el máximo impuesto, que pagan el grupo IV). "Solo en Cataluña, hijos e hijastros se equiparan a estos efectos y están en el grupo que paga el impuesto más reducido", indican. 

Pensión de orfandad

La pensión de orfandad es una prestación económica que se concede a los hijos de la persona fallecida y los aportados por su cónyuge, siempre que reúnan los requisitos exigidos.

Será posible recibir una causada por la madre y otra por el padre, aunque "el incremento con el porcentaje correspondiente a la viudedad solo podrá aplicarse a las pensiones originadas por uno de los causantes. El máximo de pensión, por cada uno de ellos, es el 100% de la base reguladora", explica la Seguridad Social. 

Por otro lado, los hijastros también podrán beneficiarse de la pensión de orfandad, siempre que cumplan una serie de requisitos extras, como son: 

  • Que el matrimonio se celebrase como mínimo 2 años antes del fallecimiento
  • Que los hijastros convivieran con la persona fallecida y dependieran económicamente de ella. 
  • Que no cobren otra pensión pública
  • Y que no cuenten con otros familiares que deban prestarles alimentos. 

Permisos laborales

En cuanto a los derechos que dan los hijastros, las madrastras o padrastros podrían tener derecho a tomar un permiso retribuido en los siguientes casos: 

  • Por cuidados: 5 días si sufren un accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica que requiera que permanezcan en casa en reposo.  
  • Por accidente o enfermedad que requiera tu presencia al momento (hasta un total de 4 días al año), siempre que vivan bajo tu mismo techo. 
  • Por fallecimiento: 2 días, que serán 4 si tienes que desplazarte. 

"Hijastros de hecho"

"La legislación que regula las parejas de hecho no está consolidada como la de los matrimonios, no es uniforme dentro de España y de afectar a alguien, afecta básicamente a la pareja en sí", explican desde la OCU.

Solo una pareja de hecho formalizada puede hablar de "hijastros de hecho", provocando que algunos de los derechos y obligaciones mencionados puedan aplicarse en este caso también. Aunque estos no serán tan definitivos y habrá que buscar aclaraciones en la legislación de la respectiva comunidad autónoma. 

La pareja de hecho sí podrá beneficiarse de los permisos laborales retribuidos por cuidados, siempre y cuando haya convivencia. 

Sobre el autor:

María Bonillo

María Bonillo

María Bonillo es licenciada en Comunicación Audiovisual y Periodismo por la Universidad Carlos III de Madrid. Escribe principalmente sobre temas de sociedad. También tiene experiencia en comunicación corporativa de empresas como OmnicomPRGroup y Pentación Espectáculos.

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