Economía familiar

Un economista advierte del peligro de las donaciones en vida: "Yo no lo recomendaría"

Laura Moro

Foto: Bigstock

Miércoles 23 de octubre de 2024

3 minutos

Gonzalo Bernardos dio su opinión en 'Más Vale Sábado' de La Sexta

Un economista advierte del peligro de las donaciones en vida: "Yo no lo recomendaría"
Laura Moro

Foto: Bigstock

Miércoles 23 de octubre de 2024

3 minutos

A la hora de traspasar los bienes y derechos a nuestros herederos se puede optar por las herencias o donaciones en vida. La principal diferencia entre ambas es que a través de la primera los herederos recibirán su parte correspondiente cuando el testador fallezca, mientras que la donación, como su propio nombre indica, puede producirse cuando la persona aún vive.

En los dos casos deberemos hacer frente a una serie de tributos y esta es una de las cosas a tener en cuenta cuando no sabemos si queremos donar o dejar herencia. Pero esto no es todo, y tal y como apunta el economista y profesor, Gonzalo Bernardos en el programa Más Vale Sábado de La Sexta, las donaciones "tienen un peligro": "Es que aquel que ha tenido un trato espectacular hasta el momento en el que recibe la donación puede cambiar".

El economista recomienda no "dar todo el patrimonio o la principal parte del mismo a uno de los hijos" para así evitar que el comportamiento de estos herederos cambien "en el momento de recibir la donación".

gonzalo bernardos

Cómo declarar una donación

Tanto si se dona como si se hereda, será necesario declararlo y en el caso de las donaciones, se dispone de 30 días hábiles desde que se produce la donación. Además, es importante formalizar las donaciones de dinero en documento público, de manera que esté debidamente justificado el origen de los fondos donados.

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha explicado que si se dona dinero en efectivo "no se genera ninguna ganancia en el IRPF del donante". 

En el caso de las acciones, fondos de inversión o inmuebles, quien dona tiene que tributar en el IRPF si la donación generase una ganancia.

Si no se tributa y Hacienda se da cuenta, se sancionará al ciudadano. La cuantía y gravedad de la multa dependerá de la cantidad no declarada:

  • Infracción leve (cuantías inferiores o iguales a 3.000 euros): 50% de la cantidad no pagada.
  • Infracción grave (superior a 3.000 euros): hasta el 100% de la cantidad no pagada.
  • Infracción muy grave (si se usan medios fraudulentos): desde el 100% hasta el 150% de la cantidad no pagada.

Sobre el autor:

LauraMoro

Laura Moro

Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.

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