Una herencia es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que, al morir una persona, son transmisibles a sus herederos. Lo más común es que la persona que ha fallecido haya decidido dejarles todos sus bienes a sus hijos.
Sin embargo, al recibir una herencia por parte de una persona, no vas a recibir la totalidad del monto, pues es necesario que se realice el pago de los impuestos.
Las cuentas públicas recaudan anualmente un aproximado de 66 millones de euros en impuestos de sucesiones, aunque es importante determinar que no todas las comunidades autónomas de nuestro país pagan la misma cantidad de dinero. Dependiendo del lugar de fallecimiento de un familiar, obtendremos una menor o mayor cantidad de dinero de una determinada herencia.
Cuando una persona fallece, los familiares deben ocuparse de todos los trámites y papeleos necesarios. Los herederos tienen que ocuparse de dos impuestos: el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) y el impuesto de plusvalía.
El ISD es un impuesto directo y progresivo, lo que quiere decir que, mientras mayor sea la cantidad heredada, mayor será el monto a pagar. Por otro lado, el impuesto de plusvalía aplica en caso entre las donaciones haya un inmueble.
La ley de Sucesiones y Donaciones contempla cuatro grupos de parentesco al momento de recibir las herencias:
Grupo 1: todos aquellos descendientes y adoptados menores de 21 años.
Grupo 2: descendientes y adoptados mayores de 21 años, cónyuges, ascendientes y adoptantes.
Grupo 3: hermanos, tíos y sobrinos.
Grupo 4: primos y otros grados más distantes de parentesco.
La cantidad a tributar puede llegar a variar mucho, según en la comunidad en la que se realice el pago del impuesto. Cabe destacar que, si bien sea ‘conveniente’ fallecer en ciertas comunidades, el pago del impuesto se realiza en la comunidad autónoma donde se encuentra la residencia habitual del causante, es decir, en la que vivió un mayor número de días en los cinco años previos a la muerte.
En comunidades como Andalucía, Baleares, Canarias, Cantaria, Castilla y León, Extremadura, Galicia, Madrid, Murcia, Navarra y País Vasco el Impuesto de Sucesiones y Donaciones es nulo o meramente simbólico, mientras que en Aragón, Cataluña y La Rioja te saldrá más caro recibir una herencia.
Sin embargo, es importante mencionar que, los gravámenes de cada comunidad dependen de la cantidad recibida ya que, en comunidades como La Rioja, solo aplican los impuestos en herencias que superen los 400.000 euros.
Sobre el autor:
Stefano Traverso
Stefano Traverso es licenciado en Ciencias de la Comunicación en la USMP de Perú; con un máster en Marketing Digital & E-commerce en EAE Business School de Barcelona. Ha trabajado en diferentes medios de comunicación en Perú, especializándose en deporte, cultura y turismo.