Economía familiar

Qué es la herencia yacente y cómo se gestiona

Laura Moro

Foto: Bigstock

Jueves 9 de enero de 2025

2 minutos

Existe independientemente de que haya o no testamento

Qué es la herencia yacente y cómo se gestiona
Laura Moro

Foto: Bigstock

Jueves 9 de enero de 2025

2 minutos

El tiempo que transcurre desde que una persona fallece hasta que sus herederos aceptan o renuncian a la herencia, todos sus bienes, derechos y posibles deudas conforman lo que se conoce como herencia yacente.

Tal y como explican en el blog de Vilches Abogados, la herencia yacente es una fase más de la sucesión que comienza con el fallecimiento y finaliza con la decisión de los herederos de aceptar o renunciar la herencia. En otras palabras, durante este tiempo no existe un titular de los bienes, derechos o deudas.

La herencia yacente existe independientemente de que haya o no testamento.

¿Cuánto dura la herencia yacente?

Esta fase de la herencia puede generar dudas y por eso los expertos han aclarado alguna de las dudas más comunes que pueden surgir. Lo primero es que la herencia yacente no es algo permanente, sino que se trata de algo temporal, de manera que cuando no existe heredero o estos renuncian a la herencia, será el Estado quien asuma la titularidad del patrimonio y con esto acabará la situación yacente.

Herencia yacente: cómo se aplican el Impuesto de Sucesiones y el IRPF

Sobre la duración concreta de este periodo, el Código Civil en su artículo 134 hace referencia al periodo de vigencia y prescripción, pero no regula plenamente este periodo. Lo que sí está regulado es que el plazo para reclamar la herencia es de 30 años y en caso de que no "exista resolución por ausencia de decisión de un heredero conocido, se puede instar a este para que declare su renuncia inequívoca", explican los abogados en su blog.

¿Quién administra la herencia yacente?

Existen tres tipos de administradores, el más conocido es el que elige el propio fallecido antes de morir y que recibe el nombre de albacea testamentario.

Si no existe albacea y los herederos no ejerzan este papel, pueden solicitar a la autoridad judicial que alguien ejerza este papel y las posibilidades son dos: la administración derivada de la ley o un administrador nombrado por un juez a instancias de las partes.

Sobre el autor:

LauraMoro

Laura Moro

Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.

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