Clara González
Economía familiar
¿Es válido un contrato de alquiler por WhatsApp?
La plataforma puede ser una vía rápida para formalizar algunos trámites
En la era digital en la que vivimos, el uso de tecnologías ha permeado prácticamente todos los aspectos de nuestras vidas, desde la forma en que nos comunicamos hasta cómo trabajamos, aprendemos y nos entretenemos. Desde la inteligencia artificial hasta la realidad virtual, estas innovaciones están redefiniendo los límites de lo que es posible, planteando tanto oportunidades como desafíos para individuos, empresas y sociedades en su conjunto.
En este contexto, es fundamental comprender cómo aprovechar al máximo estas herramientas para impulsar el progreso y mejorar la calidad de vida. La ejecución de trámites legales es un ejemplo de ello, concretamente la firma un contrato de alquiler.
Y es que son muchos los arrendadores, arrendadoras, arrendatarios y arrendatarias que están optando por formalizar este documento legal a través de las plataformas de mensajería instantánea, como WhatsApp.
No obstante, es importante conocer primero qué validez tiene este a ojos de la ley. El portal Idealista lo explica en su página web.
Qué dice la Ley de Arrendamientos Urbanos
Idealista aclara que tanto los formalizados por WhatsApp como cualquier otro contrato celebrado por escrito tienen la misma validez a ojos de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), dado que esta no determina la manera en la que se deben firmar los contratos de alquiler.
Requisitos que debe cumplir un contrato por WhatsApp
Según el portal, un contrato de alquiler formalizado por WhatsApp debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Claridad y fácil comprensión de los mensajes, que muestren claramente la voluntad de las partes de celebrar un contrato.
- Confirmar que los teléfonos móviles utilizados en la comunicación pertenecen realmente a las partes involucradas.
- Posibilidad de identificar a las partes que celebran la firma.
- Determinación de las condiciones: identificación de la vivienda, duración, renta, cláusulas oportunas, etcétera.
- Posibilidad de acceso a la conversación completa y sin alteraciones, para evitar las equivocaciones o disputas.
- Verificar la comunicación mediante el doble “check” azul o una respuesta al mensaje.
- Seguimiento de los plazos de notificación y la normativa establecida en la LAU.
De esta manera, en caso de que se produzca un conflicto entre las partes, los mensajes de WhatsApp podrán ser utilizados como prueba para acreditar la existencia del contrato y el contenido de sus cláusulas.
Cómo saber si es legal un contrato de arrendamiento
Desde Idealista argumentan que un contrato de alquiler es legal si cumple con los requisitos de la LAU: identificación de las partes, descripción de la vivienda, duración, renta, fianza y otras cláusulas. Además, se deben evitar cláusulas consideradas abusivas.
¿Y si no tengo contrato?
Si no formalizas un documento legal de alquiler, eres un inquilino o inquilina "a voluntad", según el portal. Esto supone que la relación de alquiler se rige por las disposiciones de la LAU.
La principal desventaja de no tener ese documento firmado es que tienes menos derechos que un inquilino con contrato.
Recisión a través de WhatsApp
A pesar de que se puede firmar un contrato de alquiler por WhatsApp, con la rescisión no sucede lo mismo. Desde Idealista comentan que el fin de la relación contractual debe efectuarse mediante una notificación fehaciente, como el burofax. Esta es la única manera de garantizar la mayor seguridad jurídica en caso de generarse algún conflicto.
Sin embargo, sí que se puede comunicar por la plataforma la subida del precio del alquiler.
Comunicar un impago de alquiler por WhatsApp
Al igual que sucede con la rescisión, para la notificación del impago de alquiler habrá que emplear un medio fehaciente, como el burofax.
Lo primero que deberás hacer es enviar al inquilino o inquila morosa un requerimiento de pago por burofax o mediante un notario, para que quede constancia de la recepción. Explican desde Idealista que el mensaje debe cumplir una serie de requisitos formales y de contenido:
- El requerimiento ha de estar escrito.
- Identificación del arrendador del inmueble y del inquilino: nombres, apellidos, dirección de ambas partes, DNI, NIE o pasaporte.
- Fecha de inicio del arrendamiento, duración y condiciones de pago.
- Desglose de las cantidades adeudadas, incluyendo la renta, los gastos comunes y cualquier otra cantidad que se deba.
- Se debe otorgar un periodo razonable para que el inquilino pague la deuda, normalmente de 10 días.
- Se debe utilizar algún medio que deje constancia de la recepción.
En caso de que el inquilino o inquilina no efectúe el pago de las deudas, se puede interponer una demanda de desahucio y la reclamación judicial de las cantidades adeudadas, más las costas.
Casos en los que WhatsApp es suficiente
Desde Idealista matizan que las comunicaciones mantenidas por este medio pueden resultar útiles en aquellos alquileres en los que no haya un documento legal por escrito, sino verbal.