Economía familiar

Esta es la comisión máxima que puede cobrarte el banco por una cuenta de pago básica

Toni Esteve

Foto: Bigstock

Domingo 27 de diciembre de 2020

3 minutos

Las bancos están obligados a ofrecer estas cuentas sin obligarnos a adquirir otros productos

Esta es la comisión máxima que puede cobrarte el banco por una cuenta de pago básica
Toni Esteve

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Domingo 27 de diciembre de 2020

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Una cuenta de pago básica sirve para facilitar el acceso a los servicios bancarios básicos, como domiciliar recibos, retirar efectivo, depositar fondos o hacer transferencias, y los bancos están obligados a ofrecerlas. Además, para contratar estas cuentas no es obligatorio adquirir otros productos del banco. No obstante, este puede denegarla si ya tienes abierta otra cuenta bancaria en España o no aportas la información requerida por el banco. La entidad financiera también puede negarse a concedértela si la apertura de la cuenta puede ser contraria a los intereses de la seguridad nacional o de orden público.

En definitiva, las cuentas de pago básicas son un producto pensado para facilitar la inclusión financiera de todos los ciudadanos. En este sentido, según el Banco de España, las cuentas de pago básicas conllevan como máximo una comisión de 3€ al mes que cubriría conjuntamente la ejecución de hasta 120 operaciones de pago y el uso ilimitado de estos servicios: apertura, utilización y cierre de la cuenta; depósito de fondos en efectivo en euros; retiradas de efectivo en euros de cajeros; y operaciones de pago mediante tarjeta de débito o prepago.

 

Esta es la comisión máxima que puede cobrarte el banco por una cuenta de pago básica

 

Con estas condiciones, en principio toda la población debería poder tener acceso a los servicios bancarios. Pero para asegurar que sea así, estas cuentas de pago básicas pueden llegar a ser totalmente gratuitas para colectivos en situación de vulnerabilidad o en riesgo de exclusión financiera.

Las comisiones deben ser por servicios prestados

Las comisiones bancarias son las que cobran los bancos a los clientes por prestar sus servicios. Su coste puede variar según el producto o la entidad y las hay de muchos tipos: por mantenimiento, por enviar transferencias, por dejar la cuenta en descubierto o por utilizar una tarjeta de crédito, entre otras. Cada banco puede cobrar lo que considere oportuno por prestar sus servicios salvo en aquellas comisiones que estén limitadas por normativa.

Según el Banco de España, estas comisiones deben responder a servicios prestados, por lo que la entidad no puede cobrarte por aquellos que no hayas solicitado o aceptado expresamente y deberá informarte previamente de su coste. Además si el banco cambia las condiciones debe avisarnos con antelación antes de aplicarlas.

Un consejo del supervisor bancario es que nos informemos bien de las comisiones que tenemos asociadas a nuestros productos financieros, pues nos podrían estar generando gastos sin que nos demos cuenta. En ese caso puedes cancelarlos o cambiarlos por otros que no tengan comisiones o sean más bajas.

Sobre el autor:

Toni Esteve

Toni Esteve es redactor especializado en temas de economía y consumo.

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