Economía familiar

¿Aún no te ha devuelto Hacienda lo que te debe de la pasada declaración? Esto es lo que debes hacer

María Bonillo

Foto: Europa Press/Bigstock

Jueves 12 de enero de 2023

3 minutos

Deben abonarte el dinero, pero además tendrán que pagarte los intereses de la demora

¿Aún no te ha devuelto Hacienda lo que te debe de la pasada declaración? Esto es lo que debes hacer. Foto: Europa Press
María Bonillo

Foto: Europa Press/Bigstock

Jueves 12 de enero de 2023

3 minutos

La Campaña de la Renta y Patrimonio de 2022, correspondiente a los ingresos obtenidos ese año, no comenzará de forma ordinaria hasta el 1 de junio, prolongándose hasta el último día de ese mes, sin embargo, desde el 11 de abril ya es posible presentar las declaraciones por Internet. Además, no será hasta el próximo 5 de mayo y hasta el 30 de junio que la declaración del IRPF podrá presentarse también por teléfono, y entre el 1 y el 30 de junio de forma presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria. 

Así, aunque la Campaña de 2022 ya está en marcha, es posible que aún nos queden cosas pendientes de la anterior, como en el caso de que aún no nos hayan pagado lo que nos corresponde de la pasada declaración del IRPF si nos salió "a devolver". 

Y es que a pesar de que la Agencia Tributaria había realizado a fecha de 30 de diciembre de 2022 el 97,5% de las devoluciones correspondientes a la Campaña de la Renta 2021, ese 2,5% aún no había recibido su dinero correspondiente a la devolución del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Si este es tu caso, desde la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) recuerdan que no solo deben abonarte ese dinero, sino que además tendrán que pagarte los intereses de la demora

 

¿Aún no te ha devuelto Hacienda lo que te debe de la pasada declaración? Esto es lo que debes hacer. Foto: Bigstock

¿Qué hacer si no te han devuelto el IRPF?

Tal y como indican, la Agencia Tributaria cuenta con 6 meses de plazo para realizar las devoluciones de las declaraciones de la renta de 2021 a los contribuyentes, es decir, que la fecha límite fue el pasado 31 de diciembre de 2022. Al sobrepasar este plazo, si las causas no son imputables al contribuyente, este tendrá derecho a que Hacienda le pague los intereses de demora desde esa fecha hasta que se efectúe la devolución. 

Aunque no es necesario reclamarlo, ya que se deberá incrementar automáticamente lo que nos deben con el importe del interés de demora (4,0625% para 2023), estos son los pasos que debes seguir para asegurar la devolución:

  • Consultar el estado de tu declaración: podemos hacerlo en la web de la Agencia Tributaria, usando la Cl@vePin, con certificado o DNI electrónico o indicando los datos de identificación y el número de referencia. 
  • Lo primero que deberemos comprobar es que Hacienda no nos ha hecho una paralela, ni que existe ninguna deuda pendiente con la Administración por la que no se habría realizado la devolución. 
  • Si no se da ninguno de estos casos, entonces podremos solicitar de nuevo la devolución
  • Cuando se realice por fin la devolución, entonces recibiremos una notificación con los intereses que nos corresponden. 

Sobre el autor:

María Bonillo

María Bonillo

María Bonillo es licenciada en Comunicación Audiovisual y Periodismo por la Universidad Carlos III de Madrid. Escribe principalmente sobre temas de sociedad. También tiene experiencia en comunicación corporativa de empresas como OmnicomPRGroup y Pentación Espectáculos.

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